Subvenciones para el fomento del empleo estable en cooperativas y sociedades laborales, a traves de la incorporacion de socios trabajadores, y se efectua la convocatoria para 2008.

Código de ayuda:

S29255/08

Norma:

Orden de 16-04-2008. Corrección de errores de 07-05-2008.

Plazo de Solicitud:

Del 24/04/08 al 30/06/08 ó del 01/08/08 al 30/09/08 según se haya causado el alta en el régimen correspondiente de la Seg.Social

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas económicas dirigidas a fomentar la incorporación con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de Castilla-La Mancha, de desempleados y de trabajadores vinculados a estas empresas por contrato de trabajo temporal.


Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- De 5.500 euros, por cada desempleado o trabajador asalariado que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo, en una cooperativa o sociedad laboral, en los casos establecidos en los apdos. a), b), d), e) y j) de la Disposición 2ª.
- Cuando la persona incorporada sea una mujer desempleada, la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.
- En el caso de desempleados discapacitados, la cuantía de la subvención será de 10.000 euros y en el de desempleados en situación de exclusión social de 8.000 euros, siempre que en ambos casos la incorporación sea a jornada completa.
- En el caso de beneficiarios del apdo. 1, letra i) de la Disposición 2ª, la cuantía será de 3.000 euros en el caso de hombres y 3.500 euros en el caso de mujeres.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cooperativas y sociedades laborales con domicilio fiscal en C-LM y que incorporen como socios trabajadores o de trabajo a personas incluidas en alguno de los colectivos relacionados en la Disposición 2ª de la presente Orden.

Requisitos:

Las cooperativas y sociedades deben cumplir los siguientes requisitos:

- Estar legalmente constituidas.
- Estar radicadas y acreditar domicilio fiscal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de C-LM.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, y con la Seguridad Social.
- No haber sido sancionado con la exclusión o la prohibición de acceso a ayudas públicas.
- Encontrarse al corriente de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- En caso de beneficiarios sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, deben disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no deben haber sido sancionados por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.
- No hallarse incursa en alguna de las prohibiciones previstas en el apdo. 2 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
- No hallarse incursas en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 11/2003


Documentos asociados

Boletín: 23/04/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 84
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/05/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 101
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento