Subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las Empresas de Inserción Sociolaboral de Navarra, mediante la realización de inversiones en las mismas.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S23355/17Norma:
RESOLUCIÓN 1205/2017, de 8 de mayo. RESOLUCIÓN 38E/2019, de 7 de marzo. RESOLUCIÓN 1309E/2020, de 8 de mayo. RESOLUCIÓN 3750E/2020, de 29 de octubre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de junio de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a las Empresas de Inserción Sociolaboral de Navarra por la realización de inversiones en las mismas.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Empleo
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 80% de la inversión proyectada, con un máximo de 20.000 euros por cada Empresa de Inserción Sociolaboral.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Los Centros de Inserción Sociolaboral calificados provisionalmente de oficio como Empresas de Inserción, por el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.b) Las Empresas de Inserción Sociolaboral que lleven al menos 2 años de funcionamiento desde su calificación provisional.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las inversiones que se realicen y que contribuyan a la creación, a la consolidación de empleo, a la generación de nuevas actividades económicas o a la mejora de la competitividad de las Empresas de Inserción Sociolaboral de Navarra.Requisitos:
a) Que hayan tenido actividad en el año 2016, o en su caso, en el ejercicio anterior al que se solicita la subvención.b) Que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
c) Que no se hallen incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento debe acreditarse mediante una “declaración responsable” realizada por la entidad o centro solicitante de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
25/05/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 100
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
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25/05/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 100
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
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23/04/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 76
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28/05/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 115
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12/11/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 265
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