Subvenciones para el fomento del emprendimiento en economía social (Programa Aprol-economía social), cofinanciadas parcialmente con cargo al Programa operativo del Fondo Social Europeo y al Programa operativo de empleo juvenil.- Convocatoria 2016.- Modificación.
Código de ayuda:
S28500/16Norma:
ORDEN de 30 de junio de 2016. ORDEN de 10 de octubre de 2016.Plazo de Solicitud:
Programas I, II, V y VI, 1 mes; Programas III y IV hasta el 30/12/2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones establecidas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria con la finalidad de fomentar la incorporación de personas desempleadas y personas trabajadores temporales a cooperativas y sociedades laborales y apoyar el desarrollo de proyectos de emprendimiento colectivo en empresas de economía social.Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Creación nuevas empresas
- Desarrollo Rural
- Empleo
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Se podrán acoger a las subvenciones recogidas en esta orden, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en el correspondiente programa de ayudas.a) Las cooperativas y sociedades laborales para las actuaciones previstas en los programas I, III, V y VI.
b) Las personas desempleadas, socias o trabajadoras de cooperativas o sociedades laborales o de otras empresas que se transformen en estas, para las actuaciones previstas en el programa II.
c) Las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, para las actuaciones previstas en el programa IV.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Programa I: fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales (procedimiento TR802G).b) Programa II: fomento del acceso a la condición de persona socia (procedimiento TR802J).
c) Programa III: fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales para personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil (procedimiento TR807G).
d) Programa IV: fomento del emprendimiento colectivo, para personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil (procedimiento TR807H).
e) Programa V: impulso de proyectos empresariales colectivos (procedimiento TR807D).
f) Programa VI: intercooperación e integración cooperativa (procedimiento TR807F).
Requisitos:
a) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
c) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
d) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y reunir los restantes requisitos previstos en esta.
e) Las cooperativas y sociedades laborales deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones legales referidas al depósito de documentos e inscripción de acuerdos sociales en los registros competentes.
Documentos asociados
Boletín:
27/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
05/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 168
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
25/10/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 203
Documento: Modificación justificación Descargar Documento
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