Subvenciones para el fomento del transporte publico regular de estudiantes universitarios.

Código de ayuda:

S55446/10

Norma:

Orden IND/14/2010, de 22 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las empresas dedicadas a atender servicios regulares de transporte público de viajeros por carretera de uso general y permanente, como compensación a las reducciones tarifarias para los estudiantes universitarios de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención se determinará en función de la previsión del número de viajes que se estima se va a vender por cada empresa sujetos a las reducciones tarifarias establecidas según las condiciones recogidas en el artículo 5. Dicha previsión será establecida en función de los alumnos que concurran en las condiciones previstas en el citado artículo 5, estimando el número máximo de viajes posibles y las tarifas de transporte vigentes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas que presten servicios de transporte amparados en concesiones de servicio público regular, de uso general y permanente de transporte de viajeros por carretera, cuyos itinerarios discurran total o parcialmente por la Comunidad Autónoma de Cantabria, y que establezcan las reducciones tarifarias expresadas en el artículo anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán benefi ciarse de un descuento del 40 % sobre el precio del billete o bono de transporte en autobús de línea regular los alumnos matriculados en la Universidad de Cantabria durante el curso 2010/2011.

Requisitos:

Los benefi ciarios de las subvenciones previstas en la presente orden deberán cumplir las obligaciones señaladas con carácter general en el artículo 13 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Además, en particular, estarán sujetos a las que a continuación se relacionan:

— Realizar el descuento tarifario del 40 % sobre la tarifa ordinaria, así como a la utilización de la subvención para los fi nes solicitados.

— Facilitar todos aquellos datos necesarios para las posibles inspecciones que puedan realizarse por los servicios de la Consejería.

Asimismo, deberán comunicar a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones cualquier eventualidad que surja en el desarrollo de la actividad subvencionada, en el momento en que aquélla se produzca.

— Proporcionar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma y someterse a las actuaciones de control fi nanciero que correspondan a la mencionada Intervención General y al Tribunal de Cuentas. Finalmente, deberán comunicar a la entidad concedente de la ayuda la obtención de otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquier otras Administraciones o entes, públicos o privados, nacionales o internacionales.

— No podrán recibir ninguna otra ayuda para la misma finalidad.

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2010
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 189
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento