Subvenciones para el fomento y promoción de la venta local de productos agroalimentarios en Aragón.

Código de ayuda:

S04455/25

Norma:

ORDEN AGA/208/2025, de 18 de febrero.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a actuaciones tendentes a fomentar y promocionar la venta local de productos agroalimentarios en Aragón, con la finalidad de mejorar los resultados económicos de las explotaciones agrarias; promover y atender la demanda social creciente de productos locales, de procedencia conocida y de temporada, con una menor huella de carbono, de mayor frescura y sabor, y a un precio más ajustado para los consumidores finales; e impulsar la diversificación de la actividad económica en el medio rural, contribuyendo a la creación de empleo y a la vertebración territorial, así como al desarrollo rural
sostenible.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta Orden las personas físicas o jurídicas, así como los entes sin personalidad jurídica, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los de adquisición de bienes y equipos, incluidos los informáticos (hardware y software), para el equipamiento del espacio para la venta directa de los productos o del puesto en ferias y mercados locales de Aragón.

b) Los de diseño de envases y etiquetas comerciales de los productos objeto de venta local.

c) Los gastos derivados del ejercicio de la venta directa en ferias y mercados locales de Aragón, incluidos, el canon, la tasa o la tarifa requeridas, las dietas de manutención y alojamiento, así como los gastos de desplazamiento.

d) Los correspondientes al ejercicio de venta online en cualquiera de las modalidades de comercio electrónico.

e) Los relativos a la promoción y publicidad de la venta local en cualquier medio de comunicación y soporte publicitario, incluido el digital y online, siempre que contengan el distintivo de venta local.

f) Los correspondientes a la colocación del distintivo de venta local para señalizar el punto de venta.

Requisitos:

a) Ser productor agrario o agrupación de productores que comercialicen sus productos, primarios o de elaboración propia, en cualquiera de las modalidades de venta local: venta directa o venta en canal corto de comercialización.

b) Estar inscritas en la base de datos de venta local de productos agroalimentarios de Aragón, regulada por la Orden AGM/892/2020, de 9 de septiembre, por la que se estructura y regula la base de datos de venta local de productos agroalimentarios de Aragón y la forma de presentación de las comunicaciones de los establecimientos locales y de las personas que llevan a cabo la producción agraria y forestal o sus agrupaciones.

c) Cumplir las condiciones establecidas para la categoría de microempresas en Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas

Documentos asociados

Boletín: 28/02/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 41
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento