Subvenciones para el impulso de la Red de mercados excelentes de Galicia y para la dinamización y revitalización de las plazas de abastos.- Convocatoria 2022.
Código de ayuda:
S53328/22Norma:
ORDEN de 19 de agosto de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 7 de octubre de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases por las cuales se regirá la concesión de las subvenciones de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación para el impulso de la Red de mercados excelentes de Galicia y para la dinamización y revitalización de las plazas de abastos (código de procedimiento IN223A).Categorías Subvención
- Comercio
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito total de 870.000,00 €, que será imputado de la siguiente forma:a) Ayuntamientos: Se destinará un crédito total de 600.000,00 €
b) Federaciones y asociaciones plazas de abastos y mercados: Se destinará un crédito total de 270.000,00 €
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en las bases reguladoras:a) Los ayuntamientos gallegos que cuenten con un mercado con el sello de mercado excelente otorgado de conformidad con la Orden de 4 de enero de 2017 por la que se regula el procedimiento para la obtención del sello de mercado excelente en la Comunidad Autónoma de Galicia, o aquellos que estén en el proceso para su obtención.
b) Las federaciones y asociaciones de vendedores de las plazas de abastos, sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Requisitos:
Los ayuntamientos deberán cumplir con el deber de remisión al Consejo de Cuentas delas cuentas generales de cada ejercicio, en los términos previstos en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones
a las entidades locales gallegas.
En todo caso, las federaciones y asociaciones deberán tener una antigüedad mínima de tres años en la fecha de publicación de esta orden y encontrarse al corriente en la obligación de aprobación de las cuentas anuales por la junta directiva en los dos últimos ejercicios previos a esta orden de convocatoria
Documentos asociados
Boletín:
06/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 169
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 169
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
06/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 169
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 169
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
13/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 174
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 174
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