Subvenciones para el impulso de una red de Mercados Excelentes de Galicia y la dinamización y revitalización de las plazas de abastos.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S22455/23

Norma:

ORDEN de 13 de abril de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones para el impulso de la red de Mercados Excelentes de Galicia y la dinamización y revitalización de las plazas de abastos.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Los ayuntamientos gallegos que cuenten con un mercado con el sello de Mercado Excelente otorgado de conformidad con la Orden de 4 de enero de 2017 por la que se regula el procedimiento para la obtención del sello de Mercado Excelente en la Comunidad Autónoma de Galicia, o aquellos que estén en el proceso para su obtención.

Los ayuntamientos deberán cumplir con el deber de remisión de las cuentas generales de cada ejercicio al Consejo de Cuentas, en los términos previstos en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas.

b) Las federaciones y asociaciones de vendedores de plazas de abastos, sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia. En caso de asociaciones de vendedores de plazas de abastos, el número de miembros asociados deberá suponer, como mínimo, el 50 % de los puestos existentes en la plaza de abastos.

En todo caso, las federaciones y asociaciones deberán tener una antigüedad mínima de tres años en la fecha de publicación de esta orden y encontrarse al corriente de la obligación de aprobación de las cuentas anuales por la Junta Directiva en los dos últimos ejercicios previos a esta orden de convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán subvencionables las actuaciones de dinamización y revitalización de las plazas de abastos y mercados desenvolvidas en el marco de un proyecto de incentivación de la demanda comercial y del consumo en el que las personas comerciantes y consumidoras sean las destinatarias finales.

En concreto, se considerarán actuaciones subvencionables:

a) El mantenimiento de los marketplace con una inversión máxima subvencionable de 1.500 €. Los marketplace deben reunir las características técnicas y las condiciones legales previstas en el anexo VII y no estar integrados en una plataforma conjunta o compartida con otras entidades. La participación en los marketplace de los/las placeros/as no supondrá ningún coste adicional para estos.

b) La dinamización comercial.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 81
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/04/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 81
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento