Subvenciones para el incentivo a la contratación de personas destinatarias de la renta mínima de inserción por parte de las empresas y entidades colaboradoras de inserción y proyectos de autoempleo.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S35882/14Norma:
ORDEN EMO/210/2014, de 4 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/08/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de subvenciones para el incentivo a la contratación de personas destinatarias de la RMI por parte de las empresas y entidades colaboradoras de inserción y proyectos de autoempleo, desarrollados por la Dirección General de Economía Social y Cooperativa y Trabajo Autónomo dentro del ámbito territorial de Cataluña, para fomentar la contratación y la inserción laboral de las personas acogidas a la RMI en el marco que prevé el artículo 18 de la Ley 10/1997, de 3 de julio, antes mencionada.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Empleo
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1) Programa A.La cuantía máxima, con carácter general, es del 75% del importe mensual vigente del índice de renta de suficiencia de Cataluña (IRSC) en base 14 meses, y no podrá superar el 60% de la base de cotización mensual a la Seguridad Social por la contratación de la persona trabajadora.
2) Programa B. Incentivos al autoempleo de personas destinatarias de la RMI.
La ayuda consiste en la cantidad correspondiente a la cuota de la base de cotización mínima del régimen de la Seguridad Social que corresponda, que podrá incluir la parte relativa a la incapacidad temporal, en su caso.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas y entidades colaboradoras de inserción y las personas destinatarias de la RMI que presenten un proyecto de autoempleo.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1) Programa A. Incentivos a la contratación de personas destinatarias de la RMI por parte de empresas y entidades colaboradoras de inserción.2) Programa B. Incentivos al autoempleo de personas destinatarias de la RMI.
Requisitos:
a) Dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el número total detrabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que dispone el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social; el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 322/2011, de 19 de abril. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a cincuenta personas.
b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se deberá mantener a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, previamente a la resolución de otorgamiento, y antes de recibir cualquier pago.
c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impidan adquirir la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).
d) Indicar, de acuerdo con los agentes sociales, los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo. Este requisito sólo es aplicable en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a veinticinco personas.
e) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 7.1.1998).
f) No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, durante el año anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
g) Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002).
h) Acreditar que disponen de un sistema de organización y de gestión de la prevención de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; con el Real decreto 39/1997, de 1 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención; así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
i) Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.
En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores/as, se tendrá que elaborar y aplicar con carácter obligatorio un plan de igualdad, de acuerdo con lo que establece el artículo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres (BOE núm. 71, de 23.3.2007).
j) Adaptar los estatutos a las disposiciones del Libro tercero del Código civil de Cataluña e inscribir esa adaptación en el Registro de fundaciones cuando las entidades beneficiarias sean fundaciones.
k) Acreditar la adaptación de los estatutos a las disposiciones del Libro tercero del Código civil de Cataluña cuando la entidades beneficiarias sean asociaciones.
l) Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar.
Documentos asociados
Boletín:
15/07/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6664
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6664
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento