Subvenciones para el mantenimiento de Centros y Servicios y desarrollo de Programas destinados a la atención de las personas con discapacidad en Castilla-La Mancha, y correcciones.
Código de ayuda:
S00046/06Norma:
Orden de 16-12-2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/02/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Privadas sin ánimo de lucro, destinadas al mantenimiento de Centros y Servicios y el desarrollo de Programas dirigidos a la atención de personas con discapacidad en Castilla-La Mancha, tanto para proyectos de nueva implantación para el año 2006, como prórroga de proyectos iniciados en años anteriores.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se podrá financiar hasta el 100% de las actividades a desarrollar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades privadas sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas podrán ser para:- Ayudas para gastos de personal y mantenimiento de los Centros cuya finalidad es la atención a personas con discapacidad.
- Ayudas para el desarrollo de los Programas y/o Proyectos: atención familias con discapacitados, formación e innovación, sensibilización, formación profesional en este campo, integración.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros que correspondan y, en todo caso, en el Registro de Servicios Sociales.b) Carecer de fines de lucro.
c) Haber justificado, en su caso, las ayudas recibidas por parte de esta Consejería y no hallarse inmersos en procesos de reintegro o procedimiento sancionador.
d) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
e) Disponer de la estructura técnica y capacidad financiera para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en los programas.
f) Tener domicilio fiscal en la región.
No tendrán la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurran circunstancias previstas en el art.13 de la Ley General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
26/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 259
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 259
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Boletín:
30/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín:
30/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Corrección Anexos adjuntos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 263
Documento: Corrección Anexos adjuntos Descargar Documento