Subvenciones para el programa de promoción de la Seguridad Industrial.

Código de ayuda:

S10691/05

Norma:

Resolución de 17 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas que se contemplan tienen como finalidad incentivar la implantación de sistemas de prevención de riesgos laborales, así como promocionar una estructura de agentes que conformen la infraestructura de la Prevención de Riesgos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja:
- entidades acreditadas como servicios de prevención ajenos.
- personas o entidades autorizadas como especializadas en desarrollar la actividad de auditoría.
- personas o entidades acreditadas para desarrollar labores formativas en materia de prevención de riesgos.
- Laboratorios o Entidades Acreditadas para ensayo y homologación de productos e instalaciones Industriales.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

- Las empresas y entidades públicas y privadas, las agrupaciones o asociaciones de empresas e instituciones sin ánimo de lucro, ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como a los Organismos Intermedios que actúen a favor de las mismas.
- Entidades especializadas como servicios de prevención ajenos y servicios de prevención mancomunados.
- Personas o Entidades especializadas para desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención.
- Personas o Entidades Públicas o Privadas especializadas para desarrollar y Certificar actividades formativas en materia de prevención de Riesgos Laborales.
- Laboratorios o Entidades Acreditadas para ensayo y homologación de productos e instalaciones Industriales.

El beneficiario deberá disponer de centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Implantación en Industrias, o agrupaciones constituidas de estas, de sistemas de prevención de Riesgos Laborales.
Las ayudas se concederán para actuaciones en las actividades siguientes:
a) Realización de diagnósticos y asesorías previas de sistemas de gestión de la seguridad y aquellas actividades que permitan conocer el nivel de la seguridad y prevención de riesgos laborales de sectores industriales específicos.
b) Implantación de sistemas Certificados de gestión de prevención de Riesgos laborales.
c) Costes de la 1ª Auditoría del Sistema realizada por entidad Autorizada.
d) La contratación, durante un año, por las empresas de titulados Universitarios para la puesta en marcha de Servicio de Prevención y el sistema Certificado de Prevención de Riesgos laborales, con especificación expresa en el contrato de trabajo.
Los gastos contemplados como subvencionables podrán ser los siguientes:
- Salarios y cargas sociales del técnico contratado.
- Coste de cursos de formación específica del técnico.
e) Adquisición de Activos ligados a la Prevención de Riesgos Laborales recomendados en el Plan de Riesgos, entre estos:
- Equipos de trabajo específicamente relacionados con la protección en el puesto de trabajo
- Equipos de Protección personal que no tengan consideración de fungible (equipos de prevención socorro, salvamento,...)
- Proyectos que faciliten la incorporación de las nuevas tecnologías como elementos de una estrategia de seguridad industrial.
- Equipos Portátiles de detección, señalización de riesgos y de factores de molestias, y de laboratorio para Prevención.
- Adaptación de Instalaciones, maquinaria y líneas de Producción con objeto de homologarlas en cumplimiento del Real Decreto 1215/97 de 18 Julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de equipos de trabajo.
- Adaptación de las Instalaciones de acuerdo con la planificación del sistema de Gestión.
- Software diseñado para la evaluación de riesgos y registro de documentación del Sistema de Gestión de la seguridad.
f) Proyectos de integración de los sistemas de gestión de la seguridad en sectores industriales específicos.

2. Infraestructura de la seguridad industrial.
Las ayudas se destinarán a la potenciación de las entidades que conforman la infraestructura tecnológica de la seguridad industrial, constituidas por: Servicios de Prevención, Entidades Especializadas en desarrollar actividad de Auditoría, personas o entidades acreditadas para desarrollar labores formativas en materia de Seguridad y Entidades de Ensayo, Calibración y Homologación, en las siguientes actividades:
a) Gastos de Acreditación de Servicios de prevención.
b) Gastos de Autorización de personas o entidades especializadas en desarrollar la actividad de auditoría.
c) Gastos de acreditación de personas o entidades para desarrollar labores formativas en materia de seguridad
d) Contratación durante un año de Técnicos Titulados Universitarios para el desarrollo de funciones de nivel medio o superior (de acuerdo con lo indicado en el Cap. VI de la orden de 27 de junio de 1997, por la que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención, gastos subvencionables según 2.1. d).
e) Contratación de Técnicos Titulados Universitarios por las Entidades de Ensayo, Calibración y Homologación para la realización de Ensayos y acreditaciones de instalaciones y productos.
f) Dotación de equipos y su instalación para realizar los ensayos y/o calibraciones industriales necesarias para cubrir las necesidades de homologación o certificación de productos derivados de la legislación comunitaria o de la legislación española en el ámbito industrial y en particular del R.D. 1215/97 de 18 Julio.
g) Dotación del equipamiento necesario para conformar la Infraestructura Tecnológica de la seguridad industrial, exceptuándose el coste de locales inmuebles.

3. Jornadas Técnicas de difusión en Materia de Prevención de Riesgos laborales, obligaciones de los fabricantes, importadores, suministradores de maquinas, equipos, productos y útiles de trabajo, para ajustarse a la normativa comunitaria de mercado interior para asegurar la exclusiva comercialización de productos y equipos que ofrezcan mayores niveles de seguridad para los usuarios.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2005
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 34
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento