Subvenciones para empresas de la economía social y solidaria en el marco del proyecto SOFIGREEN.

Código de ayuda:

S27991/24

Norma:

RESOLUCIÓN TER/4593/2024, de 18 de diciembre. RESOLUCIÓN TER/4672/2024, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de febrero de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 9.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta línea de subvenciones tiene por objeto incrementar el acceso de las empresas de la economía social y
solidaria a la inversión y la financiación para mejorar sus prestaciones medioambientales.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Medio Ambiente y Energía
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica. (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será de hasta un máximo del 100% de los gastos objeto del proyecto
presentado. El importe otorgado a cada empresa es de un mínimo de 6.000 euros y un máximo de 9.000 euros
por proyecto

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones que regulan estas bases las empresas cooperativas de economía social y
solidaria que hayan participado en el programa de formación del proyecto SOFIGREEN y que cumplan los
siguientes criterios de elegibilidad:

a) Haber obtenido el certificado de consecución del curso de formación organizado por la Federación Andaluza de Empresas Cooperativas de Trabajo, en el marco del proyecto SOFIGREEN.

b) Tener sede legal en España.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Pueden ser objeto de las subvenciones reguladas en estas bases las solicitudes de servicios externos
(como por ejemplo, servicios de asistencia técnica, consultoría, certificación, evaluación de impacto,
identificación de opciones de financiación/inversión, estudio de mercado, elaboración de planes de inversión y documentación para actores financieros, elaboración de estrategias y planes de sostenibilidad, informes de sostenibilidad, due diligence de sostenibilidad, etc.) enfocados a la mejora de las prestaciones ambientales de las empresas y a facilitar su acceso a crédito o inversión para mejorar su sostenibilidad ambiental y social. La empresa solicitante deberá argumentar en la solicitud que los servicios solicitados contribuirán a facilitar y/o incrementar su acceso a la financiación y la inversión (a corto, medio o largo plazo) para la mejora de su sostenibilidad ambiental y social.

Requisitos:

a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, general de subvenciones.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

c) Declarar si se han solicitado o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para el mismo proyecto, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.

d) Si la realización de la actividad objeto de la subvención utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

e) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.

f) En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa establecida en el artículo 42.1 del texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o las medidas alternativas de carácter excepcional que establecen el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 86/2015, de 2 de junio.

g) Comprometerse a respetar lo que establece la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

h) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

i) Que el importe de la subvención que se pide, junto con las demás ayudas de minimis de la Unión Europea
que le hayan sido concedidas durante el ejercicio fiscal en curso y en los dos ejercicios fiscales anteriores no superen el importe de 300.000 euros.

j) Adquirir el compromiso de financiar la parte del presupuesto que no cubra la subvención otorgada.

k) Los datos de la solicitud y de la documentación que se adjunta deben ser ciertos y deben concordar con los documentos originales a los que hagan referencia.

Documentos asociados

Boletín: 23/12/2024
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9316
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/12/2024
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9319
Documento: Convocatoria 2025 Descargar Documento