Subvenciones para entidades sin animo de lucro para la realizacion de actividades de fomento de la paz y de la cultura de la paz y de promocion y defensa de los derechos humanos, y se abre la convocatoria publica para la presentacion de solicitudes para el año 2009.

Código de ayuda:

S02928/09

Norma:

ORDEN IRP/564/2008, de 29 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos dirigidos a la promoción de los derechos humanos y el fomento y difusión de la cultura de la paz en el sentido de oposición a la resolución bélica de los conflictos sociopolíticos, especialmente aquéllas previstas a la Ley 21/2003, de 4 de julio, de fomento de la paz.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Otras

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de solicitud de demanda no puede superar los 20.000€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro cuya sede social se encuentra en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son gastos subvencionables los que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se hagan en el plazo establecido al punto 5 de este anexo.

Requisitos:

a) Disponer de sede social o delegación con establecimiento permanente en Cataluña, así como tener una presencia activa, capacidad de movilización y base social amplia en el territorio catalán. La entidad tiene que tener un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en Cataluña que pueda asumir la responsabilidad directa de la presentación de la solicitud y estar en condiciones de dar en todo momento a la Generalidad de Cataluña cualquier aclaración, información y documentación relativa a la contabilidad y gestión del proyecto durante su fase de seguimiento y ejecución.

b) Disponer de capacidad logística, recursos humanos, materiales o experiencia para garantizar los objetivos del proyecto que se pide subvencionar.

Documentos asociados

Boletín: 14/01/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5296
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento