Subvenciones para entidades sin animo de lucro que desarrollen Programas y Actividades para la prevencion de las situaciones de dependencia y promocion de la autonomia personal, de 2011.

Código de ayuda:

S06219/11

Norma:

ORDEN de 24 de enero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/02/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectuar la convocatoria de subvenciones destinada a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Aragón, que desarrollen programas y actividades para la prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal, de 2011.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Servicios Sociales y Familia (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones y Entidades legalmente constituidas, sin ánimo de lucro con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, para llevar a cabo actuaciones destinadas a los colectivos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas y/o actividades dirigidos a los colectivos comprendidos en las áreas de actuación que se detallan a continuación:

1.- Personas Mayores.

a) Específicos de prevención de las situaciones de dependencia.

b) Promoción de la autonomía personal y funcional.

c) Apoyo y respiro para familiares y/o cuidadores habituales de personas dependientes.

d) Acompañamiento y apoyo a Personas afectadas por la enfermedad de Alzheimer.

e) Atención integral a las personas mayores.

f) Promoción del asociacionismo.

2.- Personas con discapacidad física, psíquica y sensorial

a) Promoción de la autonomía personal, fomento de habilidades sociales y ocio participativo.

b) Atención integral a las personas con discapacidad física, sensorial o intelectual.

c) Creación de unidades de vida independiente.

d) Promoción del asociacionismo.

La subvención solo podrá destinarse a sufragar los gastos corrientes de funcionamiento del programa (gastos de personal, material fungible, bibliografía, desplazamientos u otros semejantes). En ningún caso podrá destinarse a la adquisición de material inventariable (es decir, objetos que puedan ser considerados como inversiones).

Requisitos:

Las entidades sin ánimo de lucro que soliciten subvención deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos que deberán mantenerse, al menos, durante el ejercicio económico para el que se concede la subvención:

a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la DGA.

b) Contar con los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del Programa y/o actividad para el que se solicita la subvención.

c) No estar incursas en ninguna de las circunstancias referidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 28
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos Descargar Documento