Subvenciones para facilitar la movilidad geográfica de las mujeres víctimas de violencia de género, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.- Convocatoria 2022.
Código de ayuda:
S53082/22Norma:
RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de noviembre de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Facilitar la movilidad geográfica de las mujeres víctimas de violencia de género cuando, a causa de esa situación, se hayan visto obligadas a cambiar su residencia habitual como consecuencia de su contratación por cuenta ajena o establecimiento por cuenta propia.Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de cuarenta mil euros (40.000,00 €).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta resolución las mujeresvíctimas de violencia de género que cumplan los siguientes requisitos:
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los siguientes tipos de gastos:1. Gastos de desplazamiento.
2. Gastos de transporte de mobiliario y enseres.
3. Gastos de alojamiento.
4. Gastos de guardería y de atención a personas dependientes.
Requisitos:
a) Que acrediten su situación por cualquiera de los medios previstos en el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.En todo caso, la documentación acreditativa de la situación de violencia de género debe estar emitida en el plazo de los 24 meses anteriores al cambio de residencia.
A los efectos de esta resolución también tendrán la condición de víctima de violencia de género las mujeres que hayan padecido violencia vicaria o violencia por interpósita persona.
b) Que hayan cesado la relación de convivencia con su agresor.
c) Que el promedio de los ingresos brutos mensuales de la solicitante no supere el límite del importe de 3,5 veces el IPREM vigente en los 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Las ayudas recogidas en la presente resolución se reconocerán cuando el traslado se haya producido con posterioridad al 1 de enero de 2020.
Documentos asociados
Boletín:
02/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 167
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 167
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
02/09/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 167
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 167
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento