Subvenciones para finalidades Culturales, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, de Ocio, Beneficas, y de Servicios Sociales para el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S09900/08

Norma:

AYUNTAMIENTO DE LIMPIAS.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Ayuntamiento de Limpias convoca la concesión de subvenciones para el año en curso para finalidades
Culturales, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, de Ocio, Benéficas y de Servicios Sociales que podrán ser solicitadas por Entidades y Asociaciones, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, y domiciliadas en el municipio de Limpias, y por las personas físicas, en representación particular de un grupo para iniciativas de carácter esporádico, sin finalidad de lucro, con residencia en este término municipal, siempre que los solicitantes realicen programas o proyectos con finalidad lúdica, recreativa,
cultural, convivencia y encaminadas a la participación ciudadana.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Juventud
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Limpias (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Ayuntamiento de Limpias subvencionará con un importe que no podrá ser de cuantía tal que conjuntamente con otras subvenciones o ayudas económicas de cualquier tipo supere el importe total del coste que se pretenda cubrir.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Entidades y Asociaciones, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, y domiciliadas en el municipio de Limpias, y por las personas físicas, en representación particular de un grupo para iniciativas de carácter
esporádico, sin finalidad de lucro, con residencia en este término municipal, siempre que los solicitantes realicen programas o proyectos con finalidad lúdica, recreativa, cultural, convivencia y encaminadas a la participación ciudadana.

Requisitos:

1.- Estar legalmente constituidos.
2.- Estar domiciliado en el término municipal de Limpias.
3.- Carecer de fines de lucro.
4.- Haber justificado las subvenciones recibidas con anterioridad, si ese fuera el caso, por el Ayuntamiento de Limpias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán las actividades que promuevan la participación cívica de los vecinos y que tengan lugar
dentro del ámbito territorial del término municipal de Limpias, con la excepción que establece el artículo 5 c) de la Ordenanza Reguladora de la Concesión de subvenciones objeto de esta convocatoria.

Será valorada la proyección social de las actividades llevadas a cabo por la entidad, en caso de proyectos
destinados a los diferentes pueblos del término municipal.
Asimismo se valorará la participación y difusión en su entorno.

Se valorará la calidad del proyecto presentado y su interés social, recreativo, lúdico, cultural, deportivo y de convivencia.

No será objeto de subvención los siguientes puntos:
a.- Los proyectos anuales que no se desglosen en programas concretos.
b.- Las actividades que tengan lugar fuera del ámbito territorial del término municipal de Limpias.
c.- Las actividades singulares que formen parte de un programa de actos que hayan sido objeto de subvención municipal.
d.- Los proyectos que incidan en los campos de acción política.
e.- La adecuación de locales o cualquier tipo de edificios, así como los gastos derivados del funcionamiento,
como alquileres, nóminas, teléfono, luz o similares.
f.- Los gastos de publicidad en prensa, radio y televisión.
g.- No serán subvencionados los gastos originados por las actividades realizadas en la condición de miembros de las Juntas Directivas de las Asociaciones o Entidades de Vecinos.
h.- Realización de fiestas que ya sean objeto de subvención y lleven a cabo otras entidades.

Criterios de adjudicación:
a.- Número de socios o de miembros : Hasta 8 puntos.
- De 10 a 25: 2 puntos.
- De 26 a 50: 4 puntos.
- De 51 a 100: 6 puntos.
- Más de 101: 8 puntos.
b.- Actividades:
- En el caso de asociaciones vecinales, que al menos una vez al año desarrollen una actividad con participación de todos los vecinos del término municipal: Hasta 5 puntos.
-Calidad, grado de innovación y viabilidad del proyecto o actividad: Hasta 5 puntos.
-Interés para la participación y formación social, cultural, deportivo o docente y nivel de participación o de beneficiarios en el proyecto o actividad: Hasta 5 puntos.
- Fomento de la creatividad: Hasta 5 puntos.
- Charlas, coloquios, convivencias: Hasta 5 puntos.
-Actividades que impliquen a varios colectivos: Hasta 5 puntos.
- Carencia de actividades análogas a la desarrollada: Hasta 3 puntos.
El máximo de puntos obtenidos por cada entidad solicitante será de 41.

Documentos asociados

Boletín: 12/02/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 30
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento