Subvenciones para finalidades culturales, turísticas, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, medio ambiente, de cooperación, participación vecinal, consumo, servicios sociales y otras.
Código de ayuda:
S13546/04Norma:
Sesión de 26 de febrero de 2004.Plazo de Solicitud:
Según se establezca en cada Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Definir unos objetivos y garantizar a los ciudadanos y entidades, en igualdad de condiciones, el acceso a estas prestaciones para servicios y actividades que complementen o suplan los atribuidos a la competencia local.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Educación y Ciencia
- Juventud
- Medio Ambiente y Energía
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Ayuntamiento de Murcia (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas, personas jurídicas así como los miembros asociados de la misma, y agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Cultura: En el área de cultura lo será cualquier actividad cultural relacionada con las artes, las ciencias y las letras. Igualmente serán objeto de subvención, las actividades de animación socio cultural, especialmente las de ocio y tiempo libre, destinadas al fomento de la creatividad y participación vecinal, las realizadas por peñas, etc, así como los espectáculos de música, formaciones corales y música folk.b) Turismo: en el área de turismo lo será cualquiera actividad destinada al fomento del turismo en la ciudad de Murcia, así como el conocimiento y fomento de la misma fuera del territorio municipal.
c) Festejos: En el área de festejos, cualquier actividad relacionada con los festejos tradicionales que tienen la calificación de «Fiesta de Interés Turístico Nacional
» o «Interés Turístico Regional», y aquellas actividades festivas, que complementen las actividades municipales en esta materia.
d) Deporte: son subvencionables los gastos derivados de la organización de actos y actividades deportivas o relacionadas con la promoción del deporte.
e) Educación: actividades dirigidas a la formación de los alumnos, sostenimiento y funcionamiento de las APAS, y demás actividades dirigidas al sector educativo.
También se incluyen las destinadas a formación en el ámbito musical, como bandas de música, etc.
f) Juventud: actividades de animación sociocultural, programas destinados a jóvenes, concursos, exposiciones, otras actividades relacionadas con la cultura y creación juvenil, programas de información y asesoramiento, ocio y tiempo libre, actividades
formativas y educativas, revistas y publicaciones y, en general, todas aquellas actividades relacionadas con el fomento de la participación y el asociacionismo juvenil.
g) Salud: actividades encaminadas a la prevención, protección y promoción de la salud, dirigidas a la población en general y colectivos en particular, como jóvenes, mayores, mujer, niños, etc. También aquellos proyectos o programas que contemplen objetivos educativos y preventivos que fomenten la salud de los diferentes grupos de población. Serán también subvencionables los gastos derivados de actividades informativas-formativas, organización de actos públicos, como jornadas, seminarios, etc., que faciliten la el conocimiento, inserción y rehabilitación de enfermos.
h) Medio Ambiente: actividades encaminadas a la protección del medio ambiente urbano y natural y la promoción de todo tipo de actividad que se dirija especialmente a esta protección. También actividades formativas, de información, y participación de los vecinos.
i) Cooperación: actividades encaminadas a la consecución de proyectos de cooperación local, nacional o internacional, así como campañas de sensibilización dirigidas a la población autóctona.
j) Participación Vecinal: actividades dirigidas a la promoción, funcionamiento y actuación es de las Asociaciones de Vecinos.
k) Consumo: actividades dirigidas a la formación, programas y actividades relacionadas con el consumo y comercio.
l) Servicios Sociales: serán subvencionables las actividades orientadas a la prevención, intervención, asistencia, rehabilitación, integración social o promoción del bienestar social de la familia, la infancia y adolescencia, mayores, mujeres, personas con discapacidad, inmigrantes, gitanos y otros colectivos en situación de riesgo de exclusión social, así como las destinadas a la promoción del movimiento asociativo y voluntariado social y a la atención de situaciones de graves carencias o emergencia social.
m) Otras: cualquier otra actividad que sea complementaria de la actividad municipal y susceptible de subvencionar por dirigirse a un colectivo de población determinado.
Requisitos:
Los beneficiarios deberán acreditar su domiciliación en el municipio de Murcia, y en su caso, estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadana del Ayuntamiento.Documentos asociados
Boletín:
12/05/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 108
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 108
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