Subvenciones para financiar la realización de obras en inmuebles vinculados al Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha - Modificación.
Código de ayuda:
S52419/06Norma:
Orden de 15-02-2006. Resolución de 18-12-2006. Orden de 23/02/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/02/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Conceder ayudas para financiar la realización de obras en inmuebles vinculados al Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha. Los tipos de inmuebles se recogen en el apartado "INFORMACIÓN ADICIONAL".Categorías Subvención
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Artesania (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Actuaciones de consolidación o rehabilitación de los inmuebles descritos en la base primera, apartados a), b), y c): hasta un 50% del presupesto total de la obra, hasta un máximo de 30.000 euros para apartados b) y c) y 60.000 euros para apartado a).- Actuaciones de consolidación o rehabilitación de los inmuebles de los apartados d) y e): hasta un 40% del presupesto total, con un máximo de 12.000 euros.
- Para obras que presenten una especial utilidad social o cultural, en los inmuebles de los apartados a), b), c) y e), hasta un 50% del presupuesto total de la obra, sin límite de cuantía.
Si varios interesados plantean conjuntamente intervenciones sobre espacios o elementos comunes de los edificios, el límite de cuantía de la subvención podrá aumentar en función del número de aquellos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
- Las personas físicas y las entidades, públicas o privadas, propietarias de inmuebles vinculados al Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha.- Los titulares de derechos reales sobre dichos inmuebles y los arrendatarios de los mismos, siempre y cuando acrediten la conformidad de la propiedad con las obras planteadas.
Requisitos:
- No encontrarse incurso en alguna de las circunstancias comprendidas en los apartados segundo y tercero del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Por razón del objeto de las presentes subvenciones, queda expresamente exceptuado el requisito de contar los beneficiarios con domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Documentos asociados
Boletín:
01/03/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 46
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
26/12/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 267
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
11/03/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 49
Documento: Modificación Descargar Documento
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