Subvenciones para financiar las actividades de los artistas plasticos, galerias de arte y otros profesionales del sector.
Código de ayuda:
S08682/09Norma:
ORDEN CYT/208/2009, de 5 de febrero.Plazo de Solicitud:
Según convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar las actividades de los artistas plásticos, galerías de arte y otros profesionales del sector.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a los siguientes criterios: ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 100% del presupuesto total del proyecto, con el límite máximo de 60.000 euros por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Artistas plásticos nacidos en Castilla y León o que desarrollen su actividad principal en nuestra Comunidad en el campo de las artes plásticas.b) Personas físicas o jurídicas titulares de galerías de arte, con sede en Castilla y León.
c) Críticos, comisarios artísticos y otros profesionales del sector nacidos o residentes en Castilla y León.
d) Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar
a cabo los proyectos y actividades objeto de subvención o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Consultar artículo 3 de las bases.Documentos asociados
Boletín:
09/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 26
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 26
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