Subvenciones para fomentar la aplicación de los procesos técnicos del Plan de biodigestión de purines en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Código de ayuda:
S75191/09Norma:
ORDEN de 15 de noviembre de 2009. Real Decreto 949/2009, de 5 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/12/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convocan para el año 2009, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las subvenciones reguladas en el Real Decreto 949/2009, de 5 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones estatales para fomentar la aplicación de los procesos técnicos del Plan de biodigestión de purines (BOE de 23 de junio).Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Para digestores rurales con capacidad inferior a 1.000 m3: hasta 115 euros/m3 de digestor.b) Para digestores rurales con capacidad entre 1.000 m3 y 2.000 m3: hasta 105 euros/m3 de digestor.
c) Para digestores rurales de capacidad superior a 2.000 m3: hasta 95 euros/m3 de digestor.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los titulares de explotaciones ganaderas intensivas que, realizando en Extremadura alguna de las actividades subvencionables previstas, cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 949/2009.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son actividades subvencionables las previstas en el artículo 5 del Real Decreto 949/2009, que sean realizadas con posterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda:a) Adquisición e instalación de equipos para la instalación de los digestores anaeróbicos, así como el recubrimiento flexible de las balsas de purines existentes, en su caso, en las granjas a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto.
b) Adquisición e instalación de los sistemas de agitación, conducción, limpieza, concentración y otros acondicionamientos del biogás para su combustión o el aprovechamiento, en su caso.
c) Adquisición e instalación de elementos de seguridad en los digestores y sistemas de combustión o aprovechamiento del biogás.
d) Adquisición e instalación de equipos de control para las mediciones de emisiones anuales de metano (CH4).
Requisitos:
a) Tener la condición de PYME conforme al anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).b) Tener inscritas sus explotaciones ganaderas en el registro previsto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de mayo, y cumplir con los requisitos establecidos en dicha normativa.
c) No tener la consideración de empresa en crisis y acreditar o, en su caso, aportar declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, conforme a la normativa vigente.
Documentos asociados
Boletín:
23/06/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 151
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
17/12/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 241
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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