Subvenciones para fomentar la iniciativa empresarial de las mujeres.
Código de ayuda:
S24955/04Norma:
Orden de 27 de septiembre de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/11/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Incentivar la puesta en marcha de la actividad empresarial de las mujeres, en especial, de aquellas que presentan unas condiciones sociales de especial dificultad y al objeto de paliar el esfuerzo que puede suponer afrontar los gastos iniciales para su constitución como empresarias.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Presidencia (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención concedida no excederá de 10.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas promovidas exclusivamente por mujeres que se establezcan como empresarias individuales o comunidad de bienes, formulándose en este último caso, una única solicitud por cualquiera de las comuneras con capacidad para ello.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiación de los gastos derivados de la puesta en marcha de la actividad y del funcionamiento de las empresas, tales como gastos de constitución formal, alquileres, teléfono, luz, agua, diseño y elaboración de la imagen corporativa de la empresa y acciones y campañas de promoción y comunicación.Quedan excluidos de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, los gastos derivados de inversiones en bienes muebles o inmuebles.
Requisitos:
a) Ejercer su actividad y tener su domicilio social en la Región de Murcia.b) Estar legalmente constituidas como empresas, debiendo haber iniciado una actividad empresarial por primera vez a partir del 1 de enero del 2003.
A estos efectos se considerará la fecha de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.
c) No haber recibido subvenciones para gastos relativos a la misma finalidad a que se refiere esta convocatoria, procedente de la Administración Pública Regional, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2003 y el 30 de septiembre del 2004.
d) Encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:
d.1) Tener cargas familiares no compartidas.
d.2) Tener cumplidos 45 años de edad.
d.3) Pertenecer a colectivos en riesgo de exclusión.
A estos efectos, tendrán la consideración de colectivos de exclusión inmigrantes de países ajenos al espacio económico europeo, ex reclusas, víctimas de violencia doméstica, jóvenes mayores de 18 años y menores de 30 que hayan estado hasta su mayoría de edad bajo tutela o guarda de la Administración.
d.4) Ser discapacitada con un grado de minusvalía de, al menos, el 33%.
Documentos asociados
Boletín:
27/10/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 250
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 250
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
27/10/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 250
Documento: Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 250
Documento: Anexos Descargar Documento