Subvenciones para fomentar la iniciativa empresarial de las mujeres.

Código de ayuda:

S24955/04

Norma:

Orden de 27 de septiembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/11/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar la puesta en marcha de la actividad empresarial de las mujeres, en especial, de aquellas que presentan unas condiciones sociales de especial dificultad y al objeto de paliar el esfuerzo que puede suponer afrontar los gastos iniciales para su constitución como empresarias.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención concedida no excederá de 10.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas promovidas exclusivamente por mujeres que se establezcan como empresarias individuales o comunidad de bienes, formulándose en este último caso, una única solicitud por cualquiera de las comuneras con capacidad para ello.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de los gastos derivados de la puesta en marcha de la actividad y del funcionamiento de las empresas, tales como gastos de constitución formal, alquileres, teléfono, luz, agua, diseño y elaboración de la imagen corporativa de la empresa y acciones y campañas de promoción y comunicación.

Quedan excluidos de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, los gastos derivados de inversiones en bienes muebles o inmuebles.

Requisitos:

a) Ejercer su actividad y tener su domicilio social en la Región de Murcia.
b) Estar legalmente constituidas como empresas, debiendo haber iniciado una actividad empresarial por primera vez a partir del 1 de enero del 2003.
A estos efectos se considerará la fecha de alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.
c) No haber recibido subvenciones para gastos relativos a la misma finalidad a que se refiere esta convocatoria, procedente de la Administración Pública Regional, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2003 y el 30 de septiembre del 2004.
d) Encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:
d.1) Tener cargas familiares no compartidas.
d.2) Tener cumplidos 45 años de edad.
d.3) Pertenecer a colectivos en riesgo de exclusión.
A estos efectos, tendrán la consideración de colectivos de exclusión inmigrantes de países ajenos al espacio económico europeo, ex reclusas, víctimas de violencia doméstica, jóvenes mayores de 18 años y menores de 30 que hayan estado hasta su mayoría de edad bajo tutela o guarda de la Administración.
d.4) Ser discapacitada con un grado de minusvalía de, al menos, el 33%.

Documentos asociados

Boletín: 27/10/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 250
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 27/10/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 250
Documento: Anexos Descargar Documento