Subvenciones para fomentar la instalación y ampliación de industrias en Polígonos Industriales de Palma del Río.
Código de ayuda:
S18364/04Norma:
Sesión de 29 de enero de 2004.Plazo de Solicitud:
A partir de la fecha de firma de las escrituras de las parcelas y como máximo 3 meses, contados a partir de la misma.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar la instalación de industrias y consolidación de las existentes en el actual Polígono Industrial de Palma del Río y en aquellos otros que pudieran construirse como medida de apoyo a la creación e implantación de un tejido industrial que mejore la inversión productiva y la creación de empleo.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Ayuntamiento de Palma del Río (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. En los siguientes casos:a) Actividades de Transformación y/o comercialización de productos agrarios explotados por entidades asociativas agrarias
(Cooperativas o Sociedades Agrarias de Transformación o figuras afines).
b) Industrias cuyos titulares sean Cooperativas o Sociedades Laborales, cualquiera que sea su actividad.
c) Empresas declaradas de interés local en razón a la creación de puestos de trabajo, actividad u otros criterios que se estimen por el órgano municipal competente.
El importe de la subvención será:
CLASE DE ACTIVIDAD IMPORTE CUOTA FIJA
ACTIVIDADES NO CALIFICADAS....................... 206 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO III............................. 309 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO II.............................. 515 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO I............................... 721 euros
2. En el caso de traslado efectivo de industrias ya existentes en el núcleo urbano al Polígono Industrial, siempre que se trate de actividades calificadas según la Ley de Protección Ambiental de Andalucía 7/94 de 18 de Mayo y el traslado suponga el cese definitivo de la actividad en el casco urbano, el importe de la subvención será:
CLASE DE ACTIVIDAD IMPORTE CUOTA FIJA
ACTIVIDADES DEL ANEXO III.................. 231,75 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO II................... 386,25 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO I.................... 540,75 euros
3. En el caso de industrias que aprovechen en más de un 50 por 100 de sus materias primas los recursos endógenos locales, entendiendo éstos como recursos naturales o materiales propios de la zona de Palma del Río, el importe de la subvención será:
CLASE DE ACTIVIDAD IMPORTE CUOTA FIJA
ACTIVIDADES NO CALIFICADAS........................ 123,60 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO III.............................. 185,40 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO II............................... 309 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO I................................ 436 euros
4. En el resto de los casos el importe de la subvención será:
CLASE DE ACTIVIDAD IMPORTE CUOTA FIJA
ACTIVIDADES NO CALIFICADAS......................... 103 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO III............................... 154,50 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO II................................ 257,50 euros
ACTIVIDADES DEL ANEXO I................................. 360,50 euros
5.- En los supuestos enumerados en los números 1 a 3 de este artículo las industrias podrán obtener además las siguientes subvenciones:
5.a) En el supuesto de adquisición de parcelas que se hayan adjudicado para la instalación industrial hasta el 95% del precio de
licitación de las parcelas.
5.b) En el supuesto de adquisición de naves industriales a Promotores Inmobiliario, hasta el 95% de la parte del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que le corresponda proporcionalmente.
6.- En el caso de industrias adjudicatarias de un derecho de superficie que reúnan alguno de los requisitos de los apartados 1 a 3 de este artículo, podrán solicitar y obtener subvención económica de hasta el 95% del importe del canon anual del derecho de
superficie durante su vigencia, que será cuantificada por el órgano competente para la concesión de la subvención, según criterios libremente apreciados por el mismo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)