Subvenciones para fomentar los períodos o permisos de paternidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León 2006. Y Bases Reguladoras
Código de ayuda:
S57482/05Norma:
ORDEN FAM/1814/2005, de 29 de diciembre, Orden FAM/1640/2005, de 9 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/10/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden convocar para el ejercicio 2006, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar el disfrute de los períodos de suspensión del contrato de trabajo por paternidad y de los permisos por paternidad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.La finalidad de la convocatoria es la de incentivar que cada vez más sean los padres los que soliciten estos permisos, facilitando una mayor presencia en el mercado de trabajo y por ende, favoreciendo la conciliación de la vida familiar y laboral.
Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El período máximo legalmente permitido de suspensión por paternidad o permiso de paternidad, se subvencionará con una cuantía máxima de 750 euros. Los períodos de suspensión o permiso de paternidad inferiores al máximo permitido se subvencionarán proporcionalmente en función de su duración.Las ayudas establecidas en la presente Orden serán compatibles con cualesquiera otras destinadas a la misma finalidad.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de esta subvención los padres que residiendo en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, hayan disfrutado del período de suspensión o permiso por paternidad, desde la publicación de la presente Orden y hasta el 30 de septiembre de 2006 inclusive.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Suspensión por paternidad o permiso de paternidad.Requisitos:
Únicamente podrá subvencionarse al amparo de la presente Orden los períodos de suspensión o permisos que se disfruten de forma completa hasta el 30 de septiembre de 2006 inclusive.Las solicitudes de subvención, se presentarán una vez finalizado en su totalidad el período de suspensión o permiso por maternidad y paternidad, deberán dirigirse a la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Documentos asociados
Boletín:
14/12/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 239
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
09/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 5
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
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