Subvenciones para impulsar la elaboración de planes municipales de Inclusión y Cohesión Social.
Código de ayuda:
S67164/20Norma:
Orden 11/2017, de 18 de diciembre. RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2020. RESOLUCIÓN de 1 de abril de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de enero de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de subvenciones destinadas a financiar apoyo técnico para la elaboración de planes municipales de inclusión y cohesión social.Será subvencionable la financiación de apoyo técnico para el diseño de la metodología y elaboración del Plan municipal de inclusión y cohesión social, consistente en los gastos derivados de la contratación de personal técnico coordinador.
Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las subvenciones reguladas en las presentes bases los ayuntamientos y mancomunidades de la Comunitat Valenciana cuya población supere los 10.000 habitantes y se comprometan mediante acuerdo de Pleno de la corporación municipal a:– Elaborar un Plan municipal de inclusión y cohesión social.
– Crear el Consejo Municipal de Inclusión y Derechos Sociales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Será subvencionable la financiación de apoyo técnico para el diseño de la metodología y elaboración del Plan municipal de inclusión y cohesión social, consistente en los gastos derivados de la contratación de personal técnico coordinador.El personal contratado deberá poseer licenciatura, diplomatura o grado en alguna de las disciplinas siguientes: en Sociología o doble grado en Sociología y Ciencias Políticas y de la Administración Pública.
El puesto a cubrir se equiparará a grupo A1, en función de la titulación exigida, según dispone el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, percibiendo las retribuciones equivalentes a dicho grupo, en concepto de retribuciones básicas y complementarias que se determinen.
Se valorará como mérito la formación de posgrado específica en materias relacionadas con la elaboración de planes y/o proyectos sociales y la experiencia laboral en dicho ámbito.
La contratación de personal por parte de las entidades subvencionadas en ningún caso supondrá relación jurídica alguna con la Generalitat.
Documentos asociados
Boletín:
20/12/2017
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8184
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
29/12/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8985
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8985
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Boletín:
29/12/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8985
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
12/01/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8995
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento
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Boletín:
07/04/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9055
Documento: Crédito presupuestario Descargar Documento
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