Subvenciones para incentivar los contratos para la formación en actividades artesanales para el ejercicio 2007.
Código de ayuda:
S34864/06Norma:
Resolución 30-08-2006. Orden de 24-11-2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/08/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas para fomentar la realización de contratos de formación en actividades artesanales y de oficios, según relación recogida en el Anexo I, en el ámbito geográfico de Castilla-La Mancha y la convocatoria para el ejercicio 2007.Categorías Subvención
Artesanía
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Existirán 3 adjudicaciones, una en cada cuatrimestre natural del año en la que se resolverán las solicitudes presentadas y completadas en el cuatrimestre natural anterior. En cada adjudicación se distribuirá un importe de 233.333,33 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Empresas o entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el art. 11.3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, que formalice un contrato de trabajo, de los previstos en la presente norma.Se establecen una serie de exclusiones de entidades (base 4ª puntos 2, 3, 4, 5 y 6) y de exclusión de modalidades de contratación de trabajadores (base 6ª, letras a, b y c)
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las entidades accederán a las subvenciones en régimen de concurrencia, resolviéndose con los siguientes criterios de otorgamiento: Contratos suscritos con mujeres víctimas de violencia doméstica, con menores tutelados o extutelados por la Administración que participen en el Programa de Autonomía Personal y menores en conflicto, con mujeres en profesiones u oficios en los que estén subrepresentadas, con discapacitados, localidades menores de 5000 habitantes y otros.Requisitos:
Para las entidades beneficiarias: consultar Base 5ª.Para los trabajadores a contratar: consultar base 8ª.
Las entidades que hubieran suscrito contratos acogidos a este programa en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2005 , hasta la publicación de la presente norma, tendrán un plazo máximo de tres meses, a contar desde su entrada en vigor, para solicitar las subvenciones que les pudieran corresponder.
Los menores reseñados tendrán una edad entre 16 y 21 años.
Documentos asociados
Boletín:
21/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 256
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 256
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
22/09/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 197
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 197
Documento: Convocatoria Descargar Documento