Subvenciones para indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña y zonas distintas de las de montaña, establecidas en la Seccion 7ª del Capitulo II de las bases reguladoras de la concesion de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el periodo de programacion 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejeria de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentacion (BOC nº 37, de 23.2.10).- Convocatoria anticipada 2013.

Código de ayuda:

S45455/12

Norma:

ORDEN de 20 de diciembre de 2012. Orden de 10 de febrero de 2010. ORDEN de 23 de enero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 28 de febrero de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar de manera anticipada para el ejercicio de 2013, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicho ejercicio, las subvenciones para indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña y zonas distintas de las de montaña, establecidas en la Sección 7ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias
FEADER para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (BOC nº 37, de 23.2.10).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Aquellos que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en zonas de montaña y zonas distintas de las de montaña.

Requisitos:

a) Ser personas físicas o socios de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) que realicen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma y que cumplan con los requisitos establecidos para ser considerados agricultor a título principal o que estén inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias de Canarias.

b) Que se comprometan a mantener la actividad agraria, al menos, durante los cinco años siguientes a la fecha del pago de la subvención.

c) Que se comprometan a ejercer la agricultura sostenible empleando métodos de buenas prácticas agrarias.

d) Que tengan ubicadas sus explotaciones, total o parcialmente, en los municipios incluidos en la lista de zonas que se especifican en el anexo X a estas bases.

e) Que tengan una carga ganadera mínima de 0,1 Unidades de Ganado Mayor (U.G.M.) por hectárea de superficie forrajera y máxima de 1 U.G.M., a excepción de las cargas ganaderas de los municipios de
Garafía, Barlovento y San Andrés y Sauces, donde ésta podrá alcanzar como máximo las 2 U.G.M. por
hectárea.

f) Que tengan una superficie agrícola superior a 1 hectárea.

g) Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/02/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 37
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/12/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 253
Documento: Convocatoria Anticipada 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 28/01/2013
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 18
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento