Subvenciones para innovacion del Plan de Calidad del Aire 2005- 2010, A empresas privadas.

Código de ayuda:

S01055/08

Norma:

Orden MED/36/2007, de 26 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria para subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, las inversiones que permitan, a empresas privadas de Cantabria, la reducción de sus emisiones a la atmósfera superando las obligaciones que, en este ámbito, establece la normativa vigente.

Las inversiones a subvencionar podrán realizarse desde el día 1 de enero de 2008 hasta el día 15 de julio de 2009.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Calidad
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención podrá alcanzar el 70% (setenta por cien) del total de la inversión realizada, con
un máximo de cincuenta mil (50.000 euros) euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrá ser beneficiaria de las subvenciones reguladas por la presente Orden cualquier persona física o jurídica, excepto las Entidades Locales Territoriales, Sociedades Públicas y Entes Públicos de derecho privado que tengan su domicilio social en Cantabria, o que al menos tengan un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Los beneficiarios a los que se refiere el apartado anterior podrán solicitar la presente subvención para la
realización de un único proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se entenderán como subvencionables las actuaciones realizadas, en instalaciones en funcionamiento, con la
finalidad expresada en el artículo 1, que se encuadren en alguno de los siguientes conceptos:

a) Acciones inversoras asociadas a la fase de planificación, exclusivamente para pequeñas y medianas empresas, que pueden comprender:

- gastos derivados de consultoría externa para llevar a cabo estudios de diagnóstico (emisiones, inmisiones,
modelizaciones, tubos pasivos…) y realizar propuestas de mejora de los niveles de emisión a la atmósfera.
- gastos derivados de consultoría externa para llevar a cabo estudios encaminados a conseguir objetivos específicos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
- gastos derivados de consultoría externa realizada por un Organismo de Control Autorizado (OCA) para la primera calibración de los equipos de medición en continúo de emisiones e inmisiones.

b) Acciones inversoras en activos fijos, que pueden comprender:

- inversiones realizadas para la adquisición e instalación de monitores automáticos de medida de emisiones e inmisiones.
- inversiones realizadas para la adquisición e instalación de sistemas de adquisición de datos y equipos de comunicaciones necesarios para la transmisión de los datos de emisiones e inmisiones a la Dirección General de Medio Ambiente.
- inversiones realizadas en elementos patrimoniales del inmovilizado material, directamente relacionados con la actividad empresarial, que permita la superación de la normativa vigente en materia de protección del medio ambiente atmosférico, tales como dispositivos de depuración de gases. Tendrán consideración de preferentes las inversiones dirigidas a la incorporación de mejores técnicas disponibles.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 3
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento