Subvenciones para innovación en economía circular.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S61264/22

Norma:

ORDEN de 13 de octubre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de noviembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar las Subvenciones para la innovación en economía circular.

Serán objeto de subvención las siguientes líneas de actuación:

Línea 1. Ecodiseño y Demostración en Economía Circular.

Línea 2. Ecoinnovación Estratégica.

Línea 3. Pyme Circular.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1. Ecodiseño y Demostración en Economía Circular, doscientos mil (200.000) euros.

Línea 2. Ecoinnovación Estratégica, trescientos mil (300.000) euros.

Línea 3. Pyme Circular, un millón (1.000.000) de euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Entidades que cumplan con los requisitos.

Requisitos:

a) Tener su domicilio social o al menos un centro de actividad, ubicado en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Liderar las actividades subvencionadas desde sus instalaciones en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Estar constituida antes del 1 de enero del 2022.

d) Estar al corriente con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. El cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por parte de las entidades solicitantes de las Subvenciones se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor, conforme dispone el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de oponerse la entidad deberá aportar la certificación en los términos previstos en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) No estar sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursa en alguna prohibición legal que inhabilite
para ello.

f) No estar sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo ni las sancionada con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.

g) Estar al corriente de obligaciones por reintegro de subvenciones.

h) La condición para ser beneficiario deberá mantenerse hasta la liquidación del total de la subvención que se conceda.

i) No dedicarse a la producción, comercialización y financiación de armamento, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 14/2007, de 28 de diciembre, de Carta de Justicia y Solidaridad con los
Países Empobrecidos.

j) No desarrollar actividades en alguno de los siguientes sectores: (i) pesca y acuicultura, (ii)
producción primaria de los productos agrícolas, y (iii) transformación y comercialización de productos agrícolas en los casos previstos en el artículo 1.1.c) del Reglamento 1407/2013.

k) Adicionalmente, para la línea 3 no haber recibido una subvención total de minimis (incluida la obtenida en la presente convocatoria) superior a 200.000 euros contabilizados a lo largo del período que comprende el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios anteriores. Este máximo se reduce a 100.000 euros si el beneficiario es una empresa que realiza por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera. Las reglas de acumulación con otras Subvenciones se detallan en el artículo 23 de las presentes bases.

Documentos asociados

Boletín: 20/10/2022
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 201
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento