Subvenciones para inversiones productivas en acuicultura cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S38028/16Norma:
ORDEN de 13 de septiembre de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de octubre de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a la realización de las actuaciones que a continuación se detallan, a fin de fomentar una acuicultura sostenible desde una perspectiva medioambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva:a) Inversiones productivas en la acuicultura.
b) Diversificar la producción acuícola y las especies cultivadas.
c) Modernizar los centros acuícolas.
d) Mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los depredadores salvajes.
e) Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
f) Recuperar estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo o inversiones para prevenir los depósitos de lodo.
g) Diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Conselleria de Mar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los importes máximos de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario ascenderána 8.000.000 de euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las empresas acuícolas.A efectos de esta orden, se considera empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos de acuicultura situados en las zonas terrestre, marítimoterrestre o marítima, que tengan sus instalaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia, así como las que establezcan nuevos centros en Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
29/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
29/09/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento