Subvenciones para inversiones turísticas.

Código de ayuda:

S08837/06

Norma:

Orden CUL/15/2006, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a las inversiones turísticas que a continuación se indican:
a) Inversiones en materia de seguridad y supresión de barreras arquitectónicas.
b) Inversiones que consistan en la instalación de ascensor, escalera de servicio, escalera de incendios y/o
ampliación de la superficie de las dependencias, siempre que ello no implique aumento del número de plazas hoteleras.
c) Renovación de las instalaciones, maquinaria y utensilios destinados a la elaboración de los alimentos, así
como la mejora de la calidad en el mobiliario y enseres de los restaurantes y cafeterías.
d) Obras de acondicionamiento precisas para la adaptación de las instalaciones a la Ley 28/2005, de 26 de
diciembre, medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la
publicidad de los productos del tabaco.
e) Mejora de las instalaciones de uso común de los campamentos de turismo.

En ningún caso serán objeto de subvención los gastos de mantenimiento y conservación.

La actividad subvencionada deberá iniciarse y realizarse íntegramente dentro del año 2006.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas, cuya actividad se encuadre en los ámbitos de actuación a los que se refiere el objeto de la convocatoria, siempre y cuando la citada actividad haya sido autorizada por la Dirección General de Turismo conanterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden.

Documentos asociados

Boletín: 28/03/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 61
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento