Subvenciones para la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S34973/16

Norma:

ORDEN IIU/1016/2016, de 1 de septiembre. RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2016. ORDEN IIU/1532/2016, de 31 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de septiembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta orden aprobar la convocatoria del año 2016 y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión de las subvenciones a la actividad investigadora de los siguientes grupos de investigación:

a) Los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón al amparo de la Orden de 27 de enero de 2014, del Consejero de Industria e Innovación y de la Orden de 26 de diciembre de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por las que se convocaron para el año 2014 y 2015, respectivamente, las subvenciones a la actividad investigadora de dichos grupos y se establecieron medidas para su reconocimiento, siempre que mantengan los requisitos de composición exigidos en su respectiva convocatoria
para su categoría.

b) Los grupos que obtengan el reconocimiento en virtud de lo dispuesto en el Capítulo II.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Innovación, Investigación y Universidad (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía global máxima prevista para esta convocatoria del año 2016 es de 2.000.000 euros con cargo al presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el citado ejercicio.

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el apartado octavo, en función de las solicitudes aprobadas, y de acuerdo con la siguiente fórmula de reparto:

Puntuación=Potencia (NUM;1,2)*EV/100*EXP*T

Donde:

- NUM: Puntuación asignada según el número de miembros del grupo y de doctores estables (doctores estables*2+ resto de miembros efectivos).

- EV: Evaluación científica.

- EXP: Grado de experimentalidad (A determinar por el CONAID en función del área de conocimiento).

- T: Tipología de grupo (El factor multiplicador según la tipología del grupo es 1 para emergente, y 1,5 para consolidado y consolidado de investigación aplicada).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta orden los centros u organismos de investigación que tengan adscritos grupos de investigación que se encuentren en los supuestos previstos en el artículo 1.1.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones previstas en esta orden se destinarán a financiar la actividad investigadora realizada en el año 2016 por los centros u organismos de investigación a través de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.

Requisitos:

Cada investigador solo podrá estar adscrito a un grupo de investigación. En caso de que un investigador conste en más de un grupo de investigación, se excluirá de los dos, no computando en ninguno de ellos.

La titulación y la vinculación contractual de los miembros de los grupos deben concurrir en la fecha de publicación de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 08/09/2016
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 174
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
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