Subvenciones para la adquisición de equipamiento doméstico (frigoríficos eficientes).

Código de ayuda:

S46137/06

Norma:

Orden MED/39/2006, de 16 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/03/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria para la
concesión de ayudas dirigidas a la adquisición del equipamiento doméstico descrito en el artículo 4.1, con el fin, que se deriva del aumento de la eficiencia energética de los aparatos domésticos, de reducir las emisiones de CO2 a la atmósfera.

En atención a sus características específicas, esta convocatoria incluye las bases reguladoras de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley de Cantabria 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2006.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que tengan su residencia fiscal, en 2006, en la Comunidad Autónoma de Cantabria y adquieran e instalen en una vivienda en Cantabria equipamiento doméstico objeto de la subvención, con las condiciones establecidas en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considera actividad subvencionable la adquisición por compra de equipamiento doméstico instalado en
domicilio destinado a vivienda, ubicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, realizada conforme a los requisitos establecidos en esta Orden, considerándose exclusivamente, para el objeto de estas ayudas, como equipamiento doméstico nuevo los siguientes electrodomésticos:

- Frigorífico congelador vertical con categoría energética Tipo A+ o superior (consumo de energía 358
KWh/año máximo).

Se podrá solicitar subvención para la adquisición de un solo electrodoméstico por unidad familiar.

La adquisición de dicho equipamiento deberá realizarse en el plazo establecido para la presentación de solicitudes.
No serán subvencionables las instalaciones realizadas en locales o dependencias dedicadas a la prestación
de servicios o actividades profesionales y/o empresariales.

Requisitos:

a) Tener residencia fiscal en Cantabria.
Deberá acompañarse declaración responsable del comprador conforme al modelo del Anexo III, donde se insertará obligatoriamente etiqueta de identificación fiscal.
b) Instalar el equipamiento subvencionado en una vivienda ubicada en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Cantabria, lo que deberá acreditar conforme a lo señalado en esta Orden.
c) Que no haya sido solicitada la subvención por otro miembro de la unidad familiar.
A los efectos previstos en la presente Orden, se entenderá por unidad familiar, el mismo concepto que el establecido para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
d) Adquirir el equipamiento doméstico en los establecimientos comerciales adheridos al presente programa de ayudas.
e) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la
Agencia Estatal de la Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en la Orden HAC 15/2006, de 11 de agosto, conforme al Anexo IV.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 224
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento