Subvenciones para la adquisición de materiales curriculares en centros de educación especial privados concertados de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S43828/16Norma:
Orden de 09/11/2016. Resolución de 14/11/2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 28 de noviembre de 2016.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 100 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvencionar la adquisición de materiales curriculares para los alumnos de Educación Básica Obligatoria (EBO) matriculados en Castilla-La Mancha para el curso 2016/2017.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo a abonar por cada alumno será de 100,00€.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la subvención los Centros de Educación Especial Privados Concertados de Castilla-La Mancha que tenga alumnado matriculado en Educación Básica Obligatoria.Requisitos:
a) Que se hallen al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.b) No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones si concurre alguna de las causas establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Tratándose de personas o entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
d) No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
e) Dado que el destinatario final de la ayuda es el alumnado que obligatoriamente debe estar matriculado en educación básica obligatoria en un centro de Castilla-La Mancha y estos centros pueden pertenecer a personas o entidades que tengan su domicilio fiscal en otra Comunidad Autónoma, se exceptúa a los centros beneficiarios de la obligación de tener su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Documentos asociados
Boletín:
11/11/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 220
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 220
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín:
17/11/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 224
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 224
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento