Subvenciones para la adquisicion de ordenadores y conectividad en el Principado de Asturias. Programa Hogar TIC - II Modificación.

Código de ayuda:

S74064/07

Norma:

Resolucion de 7 de diciembre de 2007. Resolucion de 1 de agosto de 2008. Resolucion de 10 de noviembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

1ª convocatoria: hasta el 15/05/08. 2ª convocatoria: hasta el 15/08/08. 3ª convocatoria: hasta el 15/11/08.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de concesión de subvenciones para la adquisición de ordenadores y conectividad
en el Principado de Asturias por un importe total máximo de 7.000.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13-07-521A-785.023 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el ejercicio 2008, siempre que en la citada aplicación exista crédito suficiente y adecuado en el momento
resolutorio definitivo, entendiéndose en caso contrario revocado el presente acuerdo y anulados todos los actos que del mismo hayan podido derivarse.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención, en los términos establecidos en las bases reguladoras, para la adquisición del
equipo informático y/o conexión será de hasta 500 euros, distribuidos de la siguiente forma:

- 500 euros por ordenador portátil o de sobremesa. En el caso de adquisición de equipo informático y nueva
conexión a Internet en los términos establecidos en las bases reguladoras.

- 350 euros por ordenador portátil o de sobremesa. En el caso de que se adquiera el material informático y ya se dispusiera de conexión a Internet.

- 150 euros por nueva conexión a Internet en los términos establecidos en las bases reguladoras.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El beneficiario deberá acreditar que reside en la vivienda donde se va a instalar el objeto de la subvención, es decir, el equipo informático y/o la conexión a Internet.

Documentos asociados

Boletín: 13/12/2007
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 287
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/04/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 100
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 14/08/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 190
Documento: 2ª Modificación Descargar Documento
Boletín: 14/11/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 265
Documento: Modificación Descargar Documento