Subvenciones para la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida para el ejercicio 2016.
Código de ayuda:
S46228/16Norma:
Orden 29 de noviembre de 2016.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente convocatoria.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 3.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras que desarrollan el procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la adquisición de vehículos autotaxis adaptados a personas con movilidad reducida de los profesionales del taxi dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Transporte
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Conserjería de Fomento e Infraestructuras (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención será por un importe máximo de 3.000 € y se limitará a financiar la adquisición de un único vehículo por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
Detalle beneficiarios:
Los profesionales del taxi.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Financiar a los profesionales del taxi la renovación y adquisición de vehículos AUTOTAXIS.Solo podrán ser objeto de subvención los vehículos que se adquieran en el periodo comprendido entre la fecha de publicación de la convocatoria y antes del 31 de diciembre de 2016. A estos efectos, se entenderá como fecha de adquisición la de matriculación que conste en el permiso de circulación del vehículo.
Requisitos:
1. Ser titulares de una autorización de transporte público interurbano en automóviles de turismo (documentada en tarjeta de la clase VT1) y de la correspondiente licencia de autotaxi otorgada por un municipio dentro de la Comunidad Autónoma de la de la Región de Murcia, persona física, de conformidad con el artículo 7.1 de la Ley 10/2014 de 27 de noviembre de 2014, reguladora del transporte publico de personas en vehículos de turismo por medio de taxi de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.2. Solamente se otorgará la subvención para la adquisición de vehículos autotaxis.
3. No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
29/11/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 277
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 277
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín:
05/12/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 282
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento
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Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento