Subvenciones para la adquisición e instalación de sistemas de seguimiento electrónico remoto (REM), para el cumplimiento de la obligación de desembarque, para la digitalización de la flota de pequeña escala y para el apoyo al sector pesquero extractivo, acuícola, comercializador y transformador en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.- Convocatoria 2022.
Código de ayuda:
S51100/21Norma:
Real Decreto 854/2021, de 5 de octubre. Orden de 30 de noviembre de 2022.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de enero de 2023.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 300.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objetivo de la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo establecido por los artículos 8 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, es impulsar la digitalizacióndel sector pesquero.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda será:Para los solicitantes del artículo 2 c), de hasta el 100 % del coste subvencionable del proyecto, siempre que el mismo tenga un presupuesto mínimo de 100.000 euros y máximo de 300.000 euros.
Para los solicitantes del artículo 2 d), de hasta el 50 % del coste subvencionable del proyecto, siempre que el mismo tenga un presupuesto mínimo de 100.000 euros y máximo de 300.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones del sector extractivo, acuícola, comercializador y transformador, así como organizaciones de productores, siempre que dichas asociaciones y organizaciones pongan los proyectos financiados a disposición de todos sus asociados. (art. 2.c) de las bases reguladoras)Las pequeñas y medianas empresas («PYME») dedicadas a la producción, transformación o comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura cuando cumplan con los requisitos previstos en el Reglamento (UE) n.º 1388/2014 de la Comisión de 16 de diciembre de 2014, y en particular los recogidos en el artículo 3 g) del real decreto. (art. 2.d) de las bases reguladoras)
Documentos asociados
Boletín:
06/10/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 239
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
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Boletín:
27/10/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 257
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
17/12/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 302
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín:
17/12/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 302
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
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