Subvenciones para la aplicacion de la medida de agricultura ecologica en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014/2020.- Convocatoria 2021-2022.

Código de ayuda:

S14028/15

Norma:

Orden de 24/03/2015. Orden de 24/03/2015. Orden 69/2020, de 13 de mayo. Orden 36/2021, de 26 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de cada año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2021-2022 las ayudas iniciales y anuales de pago de las operaciones establecidas en la Orden de 24 de marzo de 2015, de la Consejería de Agricultura de bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la aplicación de la medida de agricultura ecológica en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014/2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las primas unitarias anuales serán las siguientes dependiendo del grupo de cultivo:

Herbáceos: 300 euros/ha

Frutos secos: 249 euros/ha

Frutales: 420 euros/ha

Olivar: 340 euros/ha

Hortícolas: 425 euros/ha

Viñedo: 310 euros/ha

Supericie de pastos: 150 euros/ha

2. - En el caso de tener cultivos leñosos asociados en un mismo recinto se pagará por el de menor prima unitaria.

3. La ayuda máxima anual a percibir por el titular de explotación que cumpla los requisitos y compromisos establecidos en la presente Orden se calculará de la forma siguiente:

- Las primeras 40 hectáreas, se aplicará un factor de corrección igual a 1.

- De 40 a 80 hectáreas inclusive, se aplicará un factor de corrección igual a 0,6.

- Por encima de 80 hectáreas, se aplicará un factor de corrección igual a 0,3.

Para aquellas explotaciones en las que existan distintos grupos de cultivos, entendidos estos como aquellos con diferente nivel de prima, se aplicarán estos porcentajes para cada grupo de cultivo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Los agricultores, tanto personas física o jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, reúnan los requisitos previstos en el apartado anterior, en los términos previstos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Mantenimiento de prácticas de agricultura ecológica.

Se entiende por mantenimiento de prácticas de agricultura ecológica aquella operación que implique el mantenimiento de métodos de agricultura ecológica en la explotación del solicitante. Se incluirá en este apartado a toda explotación cuyo beneficiario hubiera suscrito un contrato con un Organismo de Certificación autorizado por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en alguno de los tres años anteriores a la solicitud inicial de ayuda para este periodo de programación 2014/2020.También se incluirán en este apartado las explotaciones calificadas como ecológicas en el momento de presentación de la solicitud inicial de ayuda.

Requisitos:

a) Comprometerse voluntariamente a adoptar o a mantener prácticas y métodos de agricultura ecológica definidos en el Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo.

b) Ser titular de explotación agraria ubicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

c) Disponer de supericie de cultivos, pastos permanentes, pastizales permanentes o cultivos permanentes, según se define en el artículo 4 Reglamento (UE) nº 1307/2013, de 17 de diciembre, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 637/2008 y (CE) nº 73/2009 del Consejo, en el territorio de Castilla-La Mancha.

d) Ser agricultor activo, tal y como define el artículo 8 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

e) Tener suscrito un contrato con un organismo de certificación autorizado por la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha. Además dicha inscripción en la entidad de certificación para el control del Reglamento (CE) nº 834/2007, deberá haberse realizado a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como estar inscrito en el registro de productores y operadores de producción ecológica de Castilla-La Mancha.

f) En el caso de que se solicite ayuda para superficie de pastos, para aprovechamiento de ganadería ecológica, ser titular de explotación ganadera extensiva de la especie ovina, caprina, bovina o porcina inscrita en el REGA de Castilla-La Mancha, que se encuentren ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha.

g) Presentar una solicitud inicial de ayuda para participar en el programa de agricultura ecológica, conforme a los modelos y plazos establecidos al efecto.

h) El titular de la superficie acogida a la medida de Agricultura Ecológica debe ser el mismo que el de las ayudas por dicha superficie, tanto del régimen de pagos directos como de todos los otros regímenes de ayuda establecidos en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Documentos asociados

Boletín: 27/03/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/03/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 60
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 15/05/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 94
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 15/05/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 96
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 05/04/2021
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 63
Documento: Modificación Bases - Prórroga 2021-2022 Descargar Documento