Subvenciones para la aplicacion de las medidas agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural para CastillaLa Mancha 2007/2013.- Modificación.
Código de ayuda:
S05582/12Norma:
Orden de 15/02/2012. Orden de 21/02/2013.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la aplicación de las medidas agroambientales previstas en el artículo 39 del Reglamento (CE) nº 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005 (DO nº L277 de 21/10/2005) relativo a la ayuda al desarrollo rural a través deFondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2007/2013.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Para la medida 214.1 Agro sistemas extensivos en secano:- Herbáceos en secano; 65,5 (€/Ha).
- Compromiso voluntario de barbecho semillado: 50 (€/Ha).
- El importe de las primas en las explotaciones en zonas declaradas como ZEPA se incrementará en un 20%. Se entenderá que una explotación está en zona ZEPA cuando al menos el 50% de su superficie lo esté.
b) Para la medida 214.2 Apicultura para mejora la biodiversidad en zonas naturales:
- Superficie de alta biodiversidad: 11,75 (€/Ha).
Con un máximo de 2 hectáreas admisibles por colmena.
c) Para la medida 214.3 Ganadería Ecológica:
- Explotaciones con orientación productiva de carne que no terminen el ciclo de cebo en la explotación: 129 €/ UGM.
- Explotaciones con orientación productiva de carne que terminen el ciclo de cebo en la explotación: 159 €/UGM.
- Resto de explotaciones con orientación productiva distinta a la de carne: 159 €/UGM.
d) Para la medida 214.4 Agricultura Ecológica (€/Ha):
- Herbáceos; 287 (€/Ha).
- Arroz; 600 (€/Ha).
- Frutos secos; 249 (€/Ha).
- Frutales pepita; 349 (€/Ha).
- Frutales hueso; 398 (€/Ha).
- Olivar; 329 (€/Ha).
- Hortícolas al aire libre; 397 (€/Ha).
- Hortícolas bajo plástico; 563 (€/Ha).
- Viñedo vinificación; 291 (€/Ha).
- Uva de mesa; 555 (€/Ha).
- Cítricos; 535 (€/Ha).
El importe de las primas de las medidas 214.4 Agricultura ecológica y 214.3 Ganadería Ecológica, se verá incrementado en un 10% para aquellas explotaciones, grupo de cultivo o especies ganaderas que se encuentren en periodo de conversión. En el caso de cultivos herbáceos y explotaciones ganaderas se computará como periodo de conversión los dos primeros años de compromisos agroambientales y en el caso de cultivos leñosos dicho periodo coincidirá con los tres primeros años de compromisos.
e) Para la medida 214.5 Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción:
- Ovino /caprino; 157 (€/UGM).
- Vacuno; 165 (€/UGM).
f) Para la medida 214.6: Conservación de la dehesa de Castilla-La Mancha:
- Prima base: 106,6 euros/hectárea.
- Prima complementaria recuperación de la biodiversidad: Ovino/caprino: 50 euros/hectárea; Vacuno: 100 euros/ hectárea; Equino: 100 euros/hectárea.
g) Para la medida 214.7: Regulación del pastoreo en Espacios Naturales Protegidos: - Bovino: 70,03 euros/hectárea.
- Ovino: 77,15 euros/hectárea.
- Caprino: 67,15 euros/hectárea.
h) Para la medida 214.8: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en franjas perilagunares:
- Abandono del cultivo de secano en una franja perilagunar de 25 metros de ancho: 145,53 euros/hectárea.
- Abandono del cultivo de regadío en una franja perilagunar de 25 metros de ancho: 353,43 euros/hectárea.
i) Para la medida 214.9: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en el entorno de cauces fluviales:
- Abandono del cultivo de secano en una franja en torno a cauces fluviales de 5 metros de ancho a lo largo de toda la longitud de colindancia con el cauce fluvial: 145,53 euros/hectárea.
- Abandono del cultivo de regadío en una franja en torno a cauces fluviales de 5 metros de ancho a lo largo de toda la longitud de colindancia con el cauce fluvial: 353,43 euros/hectárea.
j) Para la medida 214.10: Apoyo a la recuperación de especies amenazadas mediante la creación de caballones:
- Formación y mantenimiento de caballón simple: 500,00 euros/hectárea de caballón.
- Formación y mantenimiento de caballón doble: 600,00 euros/hectárea de caballón.
La superficie objeto de ayuda es la superficie del caballón, es decir, en caballones simples corresponde a los 1,2 metros de anchura por la longitud del caballón y en el caso de caballones dobles a los 3,6 metros de anchura por la longitud del caballón.
k) Para la medida 214.11: ayuda a la lucha contra la erosión en cultivos leñosos - 139 €/ hectárea.
l) Para la medida 214.12: Integración medioambiental de cultivo de viñedo de secano - 130 €/ hectárea de viñedo acogido.
m) Para la medida 214.14: Prácticas agroambientales en el cultivo de girasol de secano - 60 euros/Ha de girasol.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los titulares de explotaciones agrarias, que cumplan los requisitos establecidos.Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, reúnan los requisitos previstos en el apartado anterior, en los términos previstos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Medida 214.1: Agro sistemas extensivos en secano.b) Medida 214.2: Apicultura para mejora de la biodiversidad en zonas naturales.
c) Medida 214.3: Ganadería Ecológica.
d) Medida 214.4: Agricultura Ecológica.
e) Medida 214.5: Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.
f) Medida 214.6: Conservación de la dehesa de Castilla-La Mancha.
g) Medida 214.7: Regulación del pastoreo en Espacios Naturales Protegidos.
h) Medida 214.8: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en franjas perilagunares.
i) Medida 214.9: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en el entorno de cauces fluviales.
j) Medida 214.10: Apoyo a la recuperación de especies amenazadas mediante la creación de caballones.
k) Medida 214.11: Lucha contra la erosión en cultivos leñosos.
l) Medida 214.12. Integración medioambiental del cultivo del viñedo de secano.
m) Medida 214.14: Prácticas agroambientales en el cultivo del girasol de secano.
Requisitos:
a) Dispongan de superficie de cultivo o explotación ganadera en el territorio de Castilla-La Mancha.b) Presenten una solicitud inicial de ayuda para participar en el programa agroambiental, conforme a los modelos y plazos establecidos al efecto.
c) Presenten una solicitud anual de pago durante toda la duración del acuerdo de compromisos agroambientales conforme a los modelos y plazos establecidos en la correspondiente Orden de convocatoria.
d) Se obliguen a cumplir en su explotación agraria los compromisos agroambientales generales así como los específicos correspondientes a las medidas que se soliciten, durante toda la duración del compromiso.
Documentos asociados
Boletín:
21/02/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 38
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 38
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
26/02/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Modificación Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 40
Documento: Modificación Descargar Documento