Subvenciones para la clausura de puntos de vertido incontrolado de residuos de la construcción.

Código de ayuda:

S29200/19

Norma:

RESOLUCIÓN TES/1209/2019, de 6 de mayo. RESOLUCIÓN TES/1857/2019, de 27 de junio. RESOLUCIÓN TES/1163/2020, de 18 de mayo.

Plazo de Solicitud:

1 mes a partir del día siguiente de la pérdida de vigencia del estado de alarma.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas subvenciones tienen por objeto promover la clausura de punto de vertido incontrolado de residuos de
la construcción, con las medidas correctoras adecuadas para eliminar los impactos ambientales ocasionados.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de las subvenciones son los entes locales en el ámbito territorial de Cataluña que tengan las competencias para llevar a cabo la clausura del punto de vertido incontrolado.

También pueden ser beneficiarios los entes supramunicipales que actúan en virtud de una competencia de
gestión de residuos propia o bien mediante delegación de los municipios correspondientes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- La retirada de los residuos o, si procede, la clausura.

- La redacción del proyecto técnico, en el supuesto de que no lo lleve a cabo el propio ente local.

- La revegetación del lugar.

Requisitos:

a. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalidad de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

c. Declarar sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma
actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u
obtenida.

d. En el caso de entes locales con una plantilla igual o superior a 25 personas, indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, e intervenir en los centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

e. Cumplir las obligaciones que establecen los artículos 9, 10, 11 y 35 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

f. Cumplir la normativa vigente de integración de personas discapacitadas en materia de procesos de selección de personal.

g. Respetar lo establecido en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

h. No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

i. En caso de resultar beneficiario de una subvención por importe superior a diez mil euros (10.000,00 €), comunicar a la Agencia de Residuos de Cataluña, en el momento de la justificación, la información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a los efectos de dar cumplimiento al artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

j. El órgano competente del ente local debe haber acordado concurrir a la convocatoria de estas subvenciones y haber aprobado, si procede, el proyecto técnico correspondiente.

k. El terreno donde se llevará a cabo la actuación es de titularidad pública o bien el ente local es su poseedor.

l. El ente local tiene la competencia propia o encargada, para realizar la actuación que se subvenciona.

Documentos asociados

Boletín: 09/05/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7871
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 09/07/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7913
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 02/06/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8145
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento