Subvenciones para la colaboración en la ejecución y seguimiento de las medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados programas de atención social - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S57482/09

Norma:

Orden INT/2232/2009, de 28 de julio. Resolucion de 24 de septiembre de 2009. Resolución de 30 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/08/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La colaboración en la ejecución y seguimiento de las medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados programas de atención social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio del Interior ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cuantía del presupuesto global: Hasta un 44 por 100.

Presupuesto y financiación: Patrimonio valorado de la entidad. El volumen del presupuesto en el último año, así como la financiación obtenida de otras instituciones y su capacidad para movilizar recursos de otros entes públicos y/o privados, primándose las que presenten una diversificación de fuentes de financiación: Hasta un 8 por 100.

Estructura y capacidad de gestión: La solidez de la estructura y el nivel de capacidad efectiva de gestión suficiente para llevar a cabo directamente las actividades previstas en el programa presentado: Hasta un 8 por 100.

Especialización: El grado de especialización en la atención al colectivo al que se dirigen sus actividades: Hasta un 8 por 100.

Antigüedad: La antigüedad en la constitución de la entidad: Hasta un 8 por 100.

Implantación: La amplitud del ámbito territorial de las actuaciones y programas realizados por la entidad.

Asimismo, se tendrá en cuenta el número de socios y afiliados: hasta un 8 por 100.

Presupuesto del programa: El número de plazas ofertadas por programa y coste medio por plaza: hasta un 8 por 100.

Contenido técnico del programa: El contenido técnico del programa y su adecuación al objetivo propuesto, el calendario de realización, la descripción de las actividades concretas que pretenden realizar, así como los indicadores de evaluación y control de estas actividades en relación a los medios técnicos y materiales con los que cuenta la entidad: hasta un 8 por 100.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las fundaciones, asociaciones, instituciones, organizaciones no gubernamentales y entidades sociales que
reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programas para la colaboración en la ejecución y seguimiento de medidas de seguridad, reglas de conducta, suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad.

1.1 Subprogramas de colaboración en la ejecución de la medida de seguridad de internamiento en Centro de deshabituación al consumo de drogas.

1.2 Subprogramas de colaboración en la ejecución de la medida de seguridad de internamiento en Centro Educativo Especial.

1.3 Subprogramas de colaboración en la ejecución de la medida alternativa o regla de conducta de sumisión a tratamiento externo en centros médicos o establecimiento de carácter socio-sanitario.

1.4 Subprogramas de colaboración en la ejecución de la medida alternativa o regla de conducta de sometimiento a programas de tipo formativo, cultural, educativo, profesional, de educación vial, sexual, violencia doméstica y otros similares.

2. Programas para la colaboración en la integración social de los niños.

2.1 Programas para la colaboración en la integración social de los niños que permanecen en las Unidades de Madres de diversos Centros Penitenciarios, al menos con las siguientes líneas de actuación:

a) Salidas programadas de niños, destinadas a favorecer su integración en el entorno social.

b) Vacaciones programadas de los niños y sus madres.

c) Salidas de fin de semana de los niños.

d) Celebración de festividades para favorecer la relación grupal en un clima lúdico y festivo.

2.2 Programas para la colaboración en la integración social de los niños en las Unidades Dependientes de determinados Centros Penitenciarios en las siguientes líneas de actuación:

a) Programa de intervención con las madres para mejorar la relación con sus hijos.

b) Actividades de los niños destinadas a favorecer su integración en el entorno social.

c) Vacaciones programadas de los niños y sus madres.

d) Celebración de festividades para favorecer la relación grupal en un clima lúdico y festivo.

3. Programas de acogida con asistencia integral de liberados condicionales.

3.1 Con asistencia integral de liberados condicionales que contemplen, al menos, las siguientes líneas de actuación:

a) Educación para la salud. Mediadores de salud.

b) Atención psicológica.

c) Asesoramiento jurídico.

d) Asistencia a talleres ocupacionales.

e) De ocio y tiempo libre.

3.2 Programas de acogida a liberados condicionales que presenten algunas de estas necesidades:

a) Enfermos de SIDA y otras enfermedades.

b) Enfermedad crónica.

c) Atención a enfermos con necesidad de cuidados paliativos.

d) Atención a discapacitados psíquicos y físicos.

e) Atención con patología dual.

f) Apoyo a la rehabilitación psiquiátrica.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y encontrarse cumpliendo efectivamente sus fines, como mínimo, durante los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria, salvo las federaciones y confederaciones recién constituidas, que estén integradas mayoritariamente por federaciones o asociaciones cuya antigüedad sea superior a dos años.

b) Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto 195/1989, de 17 de febrero, por el que se establecen los requisitos y procedimientos para solicitar ayudas para fines de interés social derivados de la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

c) Tener como fines institucionales la realización de alguna o algunas de las actividades a las que se refiere el artículo 3 de las presentes bases.

d) Acreditar, mediante declaración responsable, que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, así como de no ser deudor por resolución de procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por la Administración.

e) Disponer de los medios personales y materiales y de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia operativa suficiente para ello y contar con todas las autorizaciones preceptivas de las instituciones responsables .

Documentos asociados

Boletín: 13/08/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 195
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/10/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 240
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Boletín: 12/07/2010
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