Subvenciones para la concesión de ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19.
Código de ayuda:
S56755/20Norma:
ORDEN FORAL 358/2020, de 22 de octubre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de noviembre de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente convocatoria es complementar la prestación por desempleo de las personas afectadas por la suspensión de sus contratos o la reducción de su jornada de trabajo mediante expedientes de regulación temporal de empleo, con la finalidad de paliar la merma sufrida en sus rentas disponibles.Para ello se concederá una ayuda a aquellas personas trabajadoras con menores bases de cotización por contingencias comunes, que se hayan visto afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo.
Categorías Subvención
- Empleo
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
–150 euros/mes, cuando la persona beneficiaria tenga un contrato laboral con una jornada superior o igual al 50% de una jornada laboral.–100 euros/mes, cuando la persona beneficiaria tenga un contrato laboral con una jornada inferior al 50% de una jornada laboral.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las ayudas previstas en esta convocatoria las personas físicas trabajadoras por cuenta ajena o socias trabajadoras de sociedades laborales y de cooperativas de trabajo asociado que tenganla condición de trabajador o trabajadora por cuenta ajena que, durante el periodo comprendido entre el día 1 de julio y el día 30 de septiembre de 2020, inclusive, al menos 7 días hayan sido titulares de la prestación contributiva por desempleo por la suspensión de su contrato o la reducción de su jornada de trabajo mediante expedientes de regulación temporal de empleo.
Requisitos:
a) Que tenga domicilio fiscal en Navarra a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas desde el año 2019.b) Que la base de cotización por contingencias comunes a la Seguridad Social sea igual o inferior a 20.000 euros durante los 12 meses anteriores al 1 de julio de 2020 o, de ser posterior, al momento en el que se vea afectada por el expediente de regulación temporal de empleo.
c) Que el importe de las rentas obtenidas durante el periodo impositivo 2019 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que constituyen la base imponible, más las rentas exentas del mismo, no haya
excedido de 20.000 euros si la persona beneficiaria no es miembro de una unidad familiar o de 40.000 euros si forma parte de una unidad familiar, en cuyo caso se computarán las rentas obtenidas por todos sus miembros. A efectos de determinación de las rentas que constituyen la base imponible, las rentas exentas y la unidad familiar, se estará a lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
d) Ni la persona solicitante ni ninguno de los miembros de su unidad familiar habrán sido sujetos pasivos del Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente al ejercicio 2019.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
f) No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
03/11/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 256
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 256
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
03/11/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 256
Documento: Modificación anexo Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 256
Documento: Modificación anexo Descargar Documento