Subvenciones para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y el cuidado de hijos menores de cuatro años en la Comunidad de Castilla y León.
Código de ayuda:
S55928/19Norma:
ORDEN FAM/960/2019, de 16 de octubre. ORDEN FAM/652/2020, de 16 de julio. Resolución de 28 de julio de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de septiembre de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 1.320 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta subvención es la financiación de los gastos ocasionados a las familias de la Comunidad de Castilla y León con hijos menores de cuatro años por su preinscripción y matrícula, asistencia y manutención en centros infantiles.Categorías Subvención
Empleo
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, se efectuará con cargo a los créditos del Presupuesto para 2018 prorrogados a 2020, por importe total de dos millones ochocientos mil euros (2.800.000 €).El importe de la subvención será cómo máximo de 1.320 euros por solicitante y no podrá ser superior al gasto subvencionable, que será el gasto de guardería abonado en 2019 y debidamente acreditado, al que se restarán las deducciones fiscales (casillas 0613 y 0990 de la declaración) y las ayudas o subvenciones que se hayan percibido o estén pendientes de recibirse con este fin.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los progenitores, personas tutoras o acogedoras.Requisitos:
a) Estar empadronados en algún municipio de Castilla y León.b) Tener a su cargo a menores de cuatro años en centros infantiles inscritos en el Registro de Centros para la conciliación de la vida familiar y laboral en Castilla y León en el período de referencia de cada convocatoria.
c) Realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.
d) Cumplir, en su caso, el nivel de renta de la unidad familiar que no supere el límite establecido en la correspondiente convocatoria para el periodo de referencia.
Documentos asociados
Boletín:
18/10/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 202
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 202
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín:
20/07/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 144
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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Boletín:
30/07/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 152
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín:
30/07/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 152
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 152
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento