Subvenciones para la contratacion indefinida de tecnicos en prevencion de riesgos laborales.

Código de ayuda:

S26573/08

Norma:

Orden de 07-04-2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, igualdad y no discriminación, destinadas al fomento de la contratación indefinida de técnicos de nivel intermedio o superior en prevención de riesgos laborales, con dedicación a actividades preventivas.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Trabajo y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Contrataciones de técnicos de nivel superior o novaciones de contratos temporales a indefinidos a jornada completa: 10.000 euros.

b) Contrataciones de técnicos de nivel intermedio o novaciones de contratos temporales a indefinidos a jornada completa: 8.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica de constitución, las Comunidades de Bienes y los Servicios de Prevención Mancomunados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las contrataciones de técnicos de nivel intermedio o superior en prevención de riesgos laborales, que se concierten por tiempo indefinido, a jornada total o parcial, siempre que se formalicen con posterioridad
a la publicación de esta Orden.

Requisitos:

Podrán optar a las subvenciones contempladas en la presente Orden las empresas, cualquiera que sea su
forma jurídica de constitución, las Comunidades de Bienes y los Servicios de Prevención Mancomunados que cumplan los requisitos siguientes:

a) Que tengan domicilio social y fiscal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

b) Que disponga de alguna de las modalidades de organización preventiva previstas en la Ley 31/1995, de
Prevención de Riesgos Laborales.

c) Que cuenten con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

d) Que no se encuentren incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Que el centro o centros de trabajo donde preste sus servicios el técnico contratado estén ubicados en Castilla- La Mancha, salvo que se trate de empresas dedicadas a la actividad de construcción.

f) En el supuesto de Servicios de Prevención Mancomunados, que los centros de trabajo de las empresas
o entidades adheridas estén ubicados en Castilla-La Mancha.

g) No encontrarse incursos, la persona física solicitante, los administradores de las sociedades mercantiles, o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 78
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento