Subvenciones para la edición de audiolibros y libros en lectura fácil.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S29400/23

Norma:

ORDEN de 15 de junio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de julio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas están dirigidas a apoyar al sector editorial en lo que se refiere a los gastos derivados de la edición (producción), distribución y comercialización de sus publicaciones en formato audiolibro y libros adaptados en lectura fácil en gallego, editados, comercializados y distribuidos entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de octubre de 2024.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La aplicación presupuestaria tiene un importe máximo de 150.000 €, de los cuales 70.000 € corresponden a la anualidad 2023 y 80.000 € a la anualidad 2024.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, que acrediten la condición de editoras de acuerdo con lo establecido en la presente orden, para lo que deberán estar dadas de alta, antes de 1 de enero de 2023, en el epígrafe 476.1 Edición de libros, del impuesto de actividades económicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Modalidad A. Producción y comercialización de audiolibros en gallego.

a) Gastos de preparación de la obra para su conversión: se consideran gastos de producción los de locución, medios técnicos del proceso de grabación (técnicas de sonido), corrección editorial, dirección o cualquier otro gasto de similar naturaleza.

b) Gastos de alquiler o de disposición del equipo técnico necesario para la producción final.

c) Gastos de distribución: cualquier actuación que permita la llegada de la obra a los canales de difusión digitales para lograr la puesta efectiva a disposición del público.

d) Gastos de comercialización: estrategias de marketing y publicidad en diferentes canales que favorezcan el consumo de la obra.

- Modalidad B. Producción y comercialización de libros en lectura fácil.

a) Coste editorial: se consideran gastos de coste editorial los de autoría, adaptación, traducción, revisión, validación, maquetación, costes de preimpresión e impresión, digitalización o cualquier otro de naturaleza similar.

b) Gastos de distribución: cualquier actuación que permita la llegada de la obra a los canales de difusión físicas o digitales para lograr la puesta efectiva a disposición del público.

c) Gastos de comercialización: estrategias de marketing y publicidad en diferentes canales que favorezcan el consumo de la obra.

-. Solo se financiarán los gastos realizados que respondan de manera directa e indudable a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para la realización de los mismos.

Requisitos:

1. Las personas, físicas o jurídicas, solicitantes presentarán un plan de edición por cada obra para la que soliciten subvención en cada una de las modalidades de esta convocatoria de ayudas.

2. Se subvencionarán la edición y la comercialización de libros que pertenezcan a algunos de los siguientes géneros: novela, poesía, teatro, literatura infantil y juvenil, cómic, ensayo y divulgación científica.

3. Se entenderá el concepto de libro según la definición dada por la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, para el caso de los libros adaptados en lectura fácil, pudiendo publicarse de manera impresa o en cualquier otro soporte susceptible de lectura.

4. Los audiolibros y libros adaptados en lectura fácil para los que se solicite subvencióndeberán reunir las siguientes características:

a) Idioma.

b) Propiedad intelectual.

c) Depósito legal.

d) ISBN.

e) Difusión de los programas de digitalización y cultura accesible. Las personas beneficiarias se comprometen a mencionar que la obra fue subvencionada por la Xunta de Galicia.

f) Los libros editados en lectura fácil, tanto en formato físico como en formato digital, deberán exhibir el sello de lectura fácil.

g) En los casos de publicación impresa en papel, tener una tirada para las obras en lectura fácil en gallego de, como mínimo, 300 ejemplares.

h) En los casos de publicación en soporte digital, estar presente para su comercialización en alguna plataforma digital.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 121
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 27/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 121
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento