Subvenciones para la edicion de fonogramas.
Código de ayuda:
S61219/08Norma:
Orden de 31 de julio de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 06/10/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones a empresas en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de fonogramas de distribución comercial normal de intérpretes,compositores o formaciones que desempeñen su actividad básicamente en la Región de Murcia.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las subvenciones será de 3.000,00.-euros por proyecto.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones descritas las empresas discográficas domiciliadas o conestablecimiento permanente en la Región de Murcia que tengan en proyecto realizar o terminar la edición de fonogramas de intérpretes, compositores o formaciones que prevé el artículo 1. No podrán optar a estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Compra de suministros de material fungible.- Honorarios profesionales, sueldos y salarios, hasta el 50% del importe total del proyecto presentado en la solicitud de subvención.
- Alquileres de equipos, películas, sonido, iluminación.
- Transporte de materiales y equipos, dietas, alojamiento y desplazamiento de participantes en las actividades.
- Aquellos necesarios para la debida publicidad y difusión de la edición.
- Demás gastos corrientes necesarios para la realización de las actividades.
Requisitos:
a) No tener deudas tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Autonómica, salvo que estuvieren garantizadas o suspendidas.b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.
c) Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
d) No estar incurso en ninguna de las causas que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones como impedimento para poder obtener subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
18/09/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 218
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 218
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento