Subvenciones para la edicion en lengua gallega de recursos didacticos curriculares para niveles no universitarios para el año 2010.

Código de ayuda:

S37755/10

Norma:

Orden de 2 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Edición en lengua gallega de recursos didácticos curriculares y complementarios de estos para los niveles no universitarios, según establece la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE).

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas mercantiles del sector editorial, sean personas físicas o jurídicas siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos establecidos en esta orden y no se encuentren en algún de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y elaboren los recursos didácticos curriculares objeto de esta orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable la elaboración y edición en lengua gallega de los recursos didácticos curriculares y complementarios de estos, realizados en soportes impresos o digitales.

Requisitos:

1. Las empresas solicitantes deberán disponer de un departamento de edición en la Comunidad Autónoma
de Galicia, que acreditarán con la correspondiente copia del alta en el epígrafe de «edición de libros» del impuesto de actividades económicas.

2. Los títulos propuestos deberán cumplir los siguientes requisitos:

Sólo se subvencionarán proyectos que estén correctamente realizados en gallego, según lo dispuesto en
la legislación vigente (disposición adicional de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística
y en las normas ortográficas y morfológicas aprobadas por la Real Academia Gallega en sesión plenaria del día 12 de julio de 2003). A pesar de lo anterior, se admitirán proyectos trimestralizados de primaria en que al menos el 60% de la propuesta se realice en lengua gallega y en que los materiales de obligada impartición en gallego, según el Decreto 79/2010, de 20 de mayo, estén en gallego, siendo esta lengua la única que se tendrá en cuenta para la valoración y subvención correspondiente a estas publicaciones.

-Los materiales editados en soporte impreso deberán tener una tirada mínima de 1.000 ejemplares, y
de 500 los editados en soporte digital o audiovisual.

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento