Subvenciones para la ejecucion de proyectos de accion humanitaria destinados a paliar la situacion de crisis cronica y continuada en las zonas del Sahel y el Cuerno de Africa.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S41937/13

Norma:

Resolución de 13 de noviembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos destinados a proporcionar ayuda humanitaria para paliar la situación de crisis crónica y continuada de las zonas geográficas del Sahel (concretamente Níger, Malí y Burkina Faso) y del Cuerno de África (Etiopía).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Presidencia (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones objeto de esta convocatoria pueden ser las dirigidas a:

· Satisfacción de las necesidades básicas de salud

· Satisfacción de las necesidades básicas de alimentación

· Satisfacción de las necesidades básicas de refugio

· Satisfacción de las necesidades básicas educativas

· Protección de los derechos humanos de las víctimas

· Atención psicológica a las víctimas

· Acceso al agua potable

· Acceso al saneamiento básico y a la higiene

· Reactivación de la actividad económica y productiva inmediata post-desastre/conflicto

· Actividades de asistencia a poblaciones desplazadas tanto internamiento como refugiadas, teniendo en cuenta la prevención de desastres y la reducción de la vulnerabilidad

· Cualquier otra actividad dirigida a atender a las víctimas reales y potenciales de crisis de larga duración y emergencias

Requisitos:

a. Ser entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, radicadas en las Illes Balears, válidamente constituidas de conformidad con la normativa vigente e inscritas en el correspondiente registro. Es preciso que la constitución legal de la entidad y su presencia
efectiva en las Illes Balears se hayan producido como mínimo dos años antes de la publicación de esta convocatoria.

b. Disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención.

c. Tener entre sus objetivos la realización de actividades y proyectos relacionados con la cooperación al desarrollo y el fomento de la solidaridad con los pueblos.

d. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

e. No estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o a ningún procedimiento sancionador.

f. No incurrir en ninguna de las prohibiciones que establecen el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la Mujer.

g. Ejecutar los proyectos mediante la actuación de un equipo de la misma entidad en el terreno o de un socio local en el país empobrecido. Se entiende por socio local o contraparte extranjera la persona jurídica creada y reconocida de acuerdo con la legislación del país donde se tiene que desplegar la acción, que mantiene relaciones de colaboración con la entidad beneficiaria de la ayuda y que asume en todo o en parte la ejecución directa de las actuaciones objeto de ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 156
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento