Subvenciones para la financiación a Entidades Públicas y Privadas sin fin de lucro que prestan Servicios Sociales Especializados a personas con discapacidad.
Código de ayuda:
S07555/03Norma:
Orden de 26 de diciembre de 2003.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/01/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación para el programa de Mantenimiento de los servicios sociales que prestan las entidades públicas y privadas sin fin de lucro.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Bienestar Social (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Sin especificar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades públicas y privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Sufragar, total o parcialmente, los gastos corrientes por la ejecución de programas y/o tratamientos siguientes:a) Servicios de atención temprana, que son aquéllos dedicados a
evitar los procesos degenerativos y potenciar el desarrollo de las
capacidades físicas, psíquicas o sensoriales de los niños de 0 a 6 años con minusvalía o presunta minusvalía.
b) Servicios de recuperación funcional que son aquéllos que, a
través de terapias adecuadas, pretenden conseguir la rehabilitación
física, psíquica o sensorial de las personas con discapacidad o
presunta discapacidad, potenciando las capacidades residuales
mediante todas o algunas de las siguientes técnicas:
Fisioterapia.
Psicomotricidad.
Terapia del lenguaje.
Psicoterapia.
Terapia ocupacional.
c) Centros ocupacionales, que son aquéllos destinados a personas
en edad laboral con una acusada minusvalía, pero con posibilidades
de desarrollar sus capacidades residuales en áreas normativas laborales y ocupacionales, con el fin de conseguir un ajuste personal,
social y laboral que les lleve a su integración y a la normalización de sus condiciones de vida.
d) Unidades de día, se definen como servicios especializados en
régimen de media pensión que atienden de forma integral (habilitación
y rehabilitación personal y psico-social) a personas mayores de dieciséis años, con deficiencia mental (profunda, severa o media con grave alteración del comportamiento y/o plurideficientes) tan grave que no pueden acudir a otros centros de la red específica y que dependan de otra persona para las actividades de la vida diaria.
e) Centros Residenciales y viviendas tuteladas (Residencias de adultos y Residencias de gravemente afectados).
f) Programas que incidan en la normalización de la persona con
discapacidad: Programas dirigidos a la realización de actividades
específicas de promoción e integración social y fomento de la
solidaridad y asociacionismo de personas con discapacidad.
Requisitos:
Diversa documentación.Documentos asociados
Boletín:
30/12/2003
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 151
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 151
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