Subvenciones para la financiación de acciones incluidas en el Plan estratégico de investigación e innovación en salud 2016-2020.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S40819/16Norma:
ORDEN SLT/274/2016, de 11 de octubre. RESOLUCIÓN SLT/2381/2016, de 19 de octubre. ORDEN SLT/148/2017, de 10 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de noviembre de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar concurso para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el2017 de los programas y las acciones instrumentales incluidos en el Plan estratégico de investigación e
innovación en salud 2016-2020 (PERIS 2016-2020), que, de acuerdo con la base 2 de la Orden SLT/274/2016,
de 11 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la
financiación de acciones incluidas en el Plan estratégico de investigación e innovación en salud 2016-2020
Categorías Subvención
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Salud (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que regula esta Orden, en los términos que establezca en cada caso la correspondiente convocatoria, siempre y cuando desarrollen su actividad de investigación en Cataluña, las siguientes entidades:Los centros del sistema CERCA: entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y con sede en Cataluña, que tengan como objeto principal la investigación en la frontera del conocimiento, creadas o participadas por la Administración de la Generalidad y, si procede, junto con una o más universidades o con otras entidades públicas o privadas, que, de acuerdo con la Ley 7/2011, de 27 de julio, de medidas fiscales y financieras, hayan obtenido el reconocimiento como centro CERCA del departamento competente en materia de investigación.
Los institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria, y normas complementarias, que desarrollen su actividad en Cataluña.
Los demás centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia
dependientes de la Administración de la Generalidad de Cataluña o vinculados, y los dependientes de las
administraciones públicas territoriales de Cataluña y sus organismos o vinculados, en cualquiera de sus formas jurídicas, cuyo fin y objeto social comprendan la ejecución directa de actividades de investigación científica y técnica, o los demás de carácter complementario necesarios para el correcto progreso científico y tecnológico de la sociedad.
Las fundaciones que, bajo una personalidad jurídica independiente, gestionen las actividades de investigación e innovación de los dispositivos asistenciales públicos y privados del sistema de salud de Cataluña.
Las universidades: las universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades.
La Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), mediante sus centros que
desarrollen actividades de investigación en Cataluña.
Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimientos científicos o tecnológicos, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las entidades empresariales y que desarrollen sus actividades en Cataluña.
Los centros tecnológicos o de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito catalán: entidades sin ánimo de lucro y personalidad jurídica propia, que desarrollen sus actividades en Cataluña, creadas con el objetivo de contribuir al beneficio general de la sociedad y a la mejora de la competitividad de las empresas mediante la generación de conocimientos o innovación tecnológica, realizando actividades de I+D+i y desarrollando su aplicación.
Las empresas, en cualquiera de sus formas jurídicas, que ejerzan una actividad económica y que estén
válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayuda. Se integran en este concepto las sociedades mercantiles públicas, los entes públicos empresariales y los empresarios individuales. Dentro del concepto empresa se diferencian las pequeñas y medianas empresas (pymes).
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a. Programa de impulso del talento y de la empleabilidad:a.1. Acción instrumental de formación de científicos y tecnólogos: que incluye las fases predoctoral y
posdoctoral, así como la formación en actividades de investigación de profesionales con formación sanitaria especializada, personal de enfermería, y la formación de personal técnico y de gestión de la investigación e innovación.
a.2. Acción instrumental de incorporación de científicos y tecnólogos: que incluye la contratación de científicos y tecnólogos en los grupos de investigación, la incorporación a los centros asistenciales y de salud pública de profesionales de la salud con experiencia en investigación e innovación y la contratación de investigadores con perfil de liderazgo para los centros de investigación en salud y programas de estabilización de investigadores.
a.3. Acción instrumental de movilidad interinstitucional: que incluye bolsas de ampliación de estudios para profesionales asistenciales que quieran mejorar la capacitación en ciencia, tecnología e innovación. Esta acción incluye también ayudas para la movilidad interinstitucional de los investigadores vinculados a centros asistenciales y de salud pública y de investigación en salud como parte del desarrollo de su capacitación profesional.
a.4. Acción instrumental de intensificación de profesionales de la salud: para potenciar la capacitación en investigación e innovación de profesionales asistenciales y de salud pública mediante la liberación de sus tareas asistenciales y la consiguiente contratación de personal de sustitución.
b. Programa de fortalecimiento institucional:
b.1. Acción instrumental de redes de investigación e innovación: para crear redes de grupos y centros que presenten programas cooperativos a través de estrategias de creación de masas críticas y de
complementariedad en el conocimiento científico, técnico e innovador.
b.2. Acción instrumental de apoyo para la participación en actividades científicas de alcance internacional: que incluye el diseño de mecanismos de apoyo para estimular la participación de grupos de investigación e innovación en programas de excelencia de ámbito internacional, muy especialmente las derivadas de las convocatorias de ayudas a la investigación del espacio europeo de investigación.
b.3. Acción instrumental de fomento de la investigación en cooperación con otros agentes e instituciones: para promocionar la participación coordinada en actividades de fomento de la investigación e innovación de otras administraciones, de agentes dentro de la misma Administración, de instituciones y consorcios de investigación, de organizaciones orientadas a la investigación y de agentes del sector productivo que compartan objetivos con los del PERIS.
c. Programa de conocimiento de excelencia:
c.1. Acción instrumental de proyectos de investigación orientados: para desarrollar proyectos (de uno a tres años de duración) orientados a la transferencia a la práctica clínica en diferentes modalidades —individuales, coordinados o multicéntricos—, que tendrán como eje de orientación el perímetro específico que marque cada convocatoria anual en función de las necesidades del sistema de salud y que se desarrollarán preferentemente, si bien no exclusivamente, en el entorno de los centros de investigación asociados a los dispositivos asistenciales y de salud pública del sistema de salud de Cataluña, proyectos que permitirán la contratación de personal vinculado, la adquisición de bienes y servicios y gastos de movilidad.
c.2. Acción instrumental de programas de investigación orientados: para desarrollar grandes programas (de uno a tres años de duración), en modalidades multicéntricas de alcance institucional y de masa crítica suficiente, que aborden prioridades sistémicas en el área de la salud y que requieren la participación de agentes con capacitaciones complementarias. Estos programas se priorizarán en función de la estrategia anual y se desarrollarán, preferentemente, si bien no exclusivamente, en el entorno de los centros de investigación asociados a los dispositivos asistenciales y de salud pública del sistema de salud de Cataluña, proyectos que permitirán la contratación de personal vinculado, la adquisición de bienes y servicios y gastos de movilidad.
d) Programa de apoyo a las infraestructuras científicas y técnicas:
d.1. Acción instrumental de apoyo a los centros de investigación en salud: que incluye actuaciones específicas para reforzar las capacidades de los centros de investigación en salud de carácter asistencial y de salud pública a través de actividades científico-técnicas complementarias con las de sus dispositivos asistenciales de referencia, así como la adquisición y mantenimiento de equipamiento tecnológico de alto rendimiento, entre otros.
d.2. Acción instrumental de dinamización institucional: necesaria para atender situaciones de política científica o tecnológica en el ámbito de la salud de especial urgencia o interés, y que se vehiculen a través de centros de investigación en salud.
d.3. Acción instrumental para la creación de plataformas científicas y tecnológicas: para la implementación de soluciones tecnológicas compartidas territorialmente entre varios centros de investigación, que permitirá la creación de sinergias, la implementación de tecnología de frontera y la optimización de los recursos estructurales y financieros del sistema.
e. Programa de fomento e impulso de la innovación en salud:
e.1 Acción instrumental de fortalecimiento de las estructuras de valoración y transferencia del conocimiento: para desarrollar y consolidar las estructuras y actividades que permitirán promover la innovación y transferencia del conocimiento en beneficio de los pacientes y del tejido productivo.
e.2 Acción instrumental para el crecimiento y la aceleración de proyectos innovadores: con el fin de fomentar su transferencia al tejido productivo a lo largo de las diferentes fases de maduración.
Documentos asociados
Boletín:
19/10/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7229
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
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Boletín:
27/10/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7235
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
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Boletín:
15/11/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7247
Documento: Corrección errores convocatoria 2017 Descargar Documento
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Boletín:
13/02/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7307
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento
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Boletín:
13/07/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7411
Documento: Modificación Descargar Documento
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