Subvenciones para la formación modular destinada a la cualificación y recualificación de la población activa, en el marco del componente 20, Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-.- Convocatoria para el periodo 2022-2023.
Código de ayuda:
S12991/23Norma:
Orden 223/2022, de 21 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de octubre de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para la formación modular destinada a la cualificación y recualificación de la población activa, en el marco en el marco del componente 20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - Next Generation EU-, y se realiza su convocatoria para el periodo 2022-2023.Categorías Subvención
Formación
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
1. Las entidades y centros de formación, públicos y privados, acreditados y/o inscritos en el Registro Estatal de Entidades de Formación.2. Empresas, a título individual.
3. Agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales.
4. Entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos:
a) Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.b) No estar incursa en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-la Mancha.
c) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) Cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
e) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica.
f) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.
Documentos asociados
Boletín:
30/11/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 230
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
03/03/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 44
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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