Subvenciones para la implantacion del Proyecto Objetivo Cero Accidentes de Trabajo: integracion de la prevencion de riesgos laborales.- Convocatoria 2013.- Modificación.

Código de ayuda:

S15846/13

Norma:

Orden HAC/20/2013, de 2 de mayo. Orden HAC/33/2013, de 9 de agosto de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/08/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria para el ejercicio 2013 de subvenciones a las pequeñas y medianas empresas de Cantabria destinadas a promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo mediante la elaboración de los informes que implican la implantación de las distintas fases que engloban el Proyecto Objetivo Cero Accidentes.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en una cuantía a tanto alzado que ascenderá a 1.000 euros por la emisión de los informes del Proyecto Objetivo Cero Accidentes de Cantabria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas con domicilio social o ámbito de actuación comprobado en la Comunidad Autónoma de Cantabria, que realicen durante el año 2.013 en sus centros de trabajo ubicados en esta Comunidad Autónoma las actuaciones reguladas en la presente norma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los informes previstos en la metodología de implantación del sistema de gestión de la prevención a que se refiere el Proyecto Objetivo Cero Accidentes de Trabajo.

Requisitos:

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario quienes hayan sido objeto de sanción firme en vía administrativa en los dos últimos años, contados hasta la publicación
de esta Orden en el BOC, por falta muy grave en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Tampoco podrán adquirir la condición de beneficiario quienes se hallaren en alguna de las circunstancias a que se refieren los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria
10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 91
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 12/08/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 153
Documento: Modificación Descargar Documento